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¿Es obligatorio afiliarte a la ONP o AFP cuando consigues tu primer trabajo?
El sistema previsional peruano tiene como objetivo garantizar una pensión para los trabajadores cuando se jubilen. En el país, se contemplan dos opciones, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
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El sistema previsional peruano tiene como objetivo garantizar una pensión para los trabajadores cuando se jubilen. En el país, se contemplan dos opciones, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
¿Pero es realmente obligatoria la afiliación a la ONP o AFP? ¿Pueden las empresas afiliarte sin consentimiento cuando firmas tu primer contrato de trabajo?
De acuerdo a Daniel Paniura, abogado laboralista del estudio Philippi Prietocarrizosa Ferrero Du & Uría, toda persona con un contrato de trabajo debe estar afiliado a un sistema de pensiones, ya sea la ONP o la AFP.
“El no afiliar al trabajador a uno de estos dos sistemas es una falta muy grave. La afiliación al sistema de pensiones es obligatoria independientemente del plazo del contrato de trabajo o la modalidad. El trabajador elige libremente estar en la AFP o en la ONP, no puede pertenecer a ambos sistemas”, apuntó.
¿Pueden afiliar al trabajador sin su consentimiento?
Paniura explicó que la AFP no afilia a los trabajadores, quien afilia es el empleador por indicación del trabajador.
“La afiliación es obligatoria; sin embargo, el trabajador es libre de elegir entre la ONP y la AFP. En caso elija la AFP, y es su primer trabajo, será afiliado a la AFP ganadora del concurso de licitación”, apuntó.
En diciembre de 2020, AFP Integra ganó la licitación convocada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para incorporar a los nuevos afiliados al sistema privado de pensiones desde el 1 de junio de 2021 y por un plazo de dos años.
¿Qué sucede si el trabajador no elige entre AFP y ONP?
Si se trata del primer vínculo laboral del trabajador, su empleador debe entregar un boletín informativo en el que el trabajador se informará sobre la naturaleza y beneficios de cada uno de los sistemas: AFP y ONP.
Una vez informado, el trabajador debe indicar al empleador a qué sistema desea que lo afilien.
“En caso el trabajador no manifieste su decisión por uno de estos dos sistemas, el empleador deberá afiliarlo a la AFP ganadora de la licitación que es AFP Integra”, apuntó el laboralista.
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