/getHTML/media/1245491
Roger Valencia sobre APEC 2024: "Podemos explotar las oportunidades que tiene el Perú"
/getHTML/media/1245488
Sandro Marcone: "Decretaron clases virtuales sin estar en una emergencia"
/getHTML/media/1245485
Embajador Ferrero: "APEC es una oportunidad para el sector minero y agroindustrial"
/getHTML/media/1245282
Jesús Salazar: “En Perú el desarrollo es por la parte industrial" en Ynnovadores
/getHTML/media/1245269
¿APEC 2024 traerá competencia de inversiones de Estados Unidos y China?
/getHTML/media/1245265
Gobernador de Huánuco: "Necesitamos la declaratoria de emergencia"
/getHTML/media/1245237
Gerente de Marketing de Gloria habla del primer parque temático de lácteos del Perú: Mundo Gloria
/getHTML/media/1245109
Víctor Gobitz de la SNMPE: "Petroperú necesita perfiles frescos"
/getHTML/media/1245106
Romy Chang: "Martín Vizcarra está en un gran problema"
/getHTML/media/1245095
Guillermo Shinno: "Le toca al Ejecutivo corregir el Reinfo"
/getHTML/media/1245059
Ministra Desilú León: "La realización de APEC impacta en el crecimiento de nuestras exportaciones"
/getHTML/media/1245057
¿Hay más hinchas de su club que de la Selección Peruana? en Ciudadanos & Consumidores
/getHTML/media/1245063
José García Belaunde: “La derecha peruana debería tomar con más cautela el triunfo de Donald Trump”
/getHTML/media/1244702
Encuentro de reforma política y electoral para un Parlamento Bicameral
/getHTML/media/1244708
José Luis Noriega: "Todo el directorio de la FPF debe renovarse"
/getHTML/media/1244691
Anthony Laub sobre nuevo directorio de Petroperú: "Mejor hubieran liquidado la empresa"
/getHTML/media/1244471
Investigación científica, un tema clave para el desarrollo
/getHTML/media/1244482
Embajador Eduardo Ponce analiza elección de Donald Trump como presidente de Estados Unidos
/getHTML/media/1244370
Ariel Segal: "Fue un error ocultar que Biden no iba a ser candidato"
/getHTML/media/1244368
Diana Gonzales: "El Reinfo es un fracaso"
PUBLICIDAD

Aprueban reglamento de Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó el reglamento de la Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, el cual otorga un monto mensual de S/ 500 durante un plazo máximo de dos años.

Imagen
Fecha Actualización
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó el reglamento de la Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, el cual otorga un monto mensual de S/ 500 durante un plazo máximo de dos años.
A través del Decreto Supremo Nº 008-2022-Vivienda, publicado hoy en el diario El Peruano, se aprobó dicho reglamento que consta de 10 artículos y una disposición complementaria final.
Según el reglamento, para elaborar la relación de potenciales beneficiarios del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU) debe considerar lo siguiente:
Que el damnificado no figure en otro formulario de campo sobre empadronamiento familiar de la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN), que tenga vivienda con la condición de afectada (daños leves o daños moderados).Que el damnificado no ostente la posesión de la vivienda colapsada o inhabitable en calidad de arrendatario o guardián.Que el damnificado no sea propietario de otra vivienda en el departamento en el que se encuentra la zona declarada en Estado de Emergencia.
Las validaciones de viviendas colapsadas e inhabitables efectuadas por la Dirección y que cuenten con declaratoria de estado de emergencia vigente a la fecha de publicación de la Ley Nº 31526, son consideradas para la elaboración de la relación de potenciales beneficiarios.
Además, el reglamento señala que para la validación de vivienda colapsada o inhabitable, y luego de recibido el informe de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional (OSDN), la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo realiza las siguientes acciones:
Solicita al gobierno local distrital remitir los formularios de campo sobre empadronamiento familiar de la EDAN, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles.Valida en campo la información de los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables, en el plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir de la recepción de los formularios señalados, así como de la condición de las viviendas.Elabora la relación de potenciales beneficiarios del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, considerando los criterios establecidos en el presente reglamento.
La implementación de lo dispuesto en el presente decreto supremo se financia con cargo al presupuesto institucional del MVCS, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y conforme a las disposiciones legales vigentes.
La norma disponer la publicación del presente decreto supremo y el reglamento aprobado en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
VIDEO RECOMENCADO
TAGS RELACIONADOS