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Proyecto de ley para transparentar costos de las clínicas crearía sanciones subjetivas

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A raíz de los reclamos de los usuarios por el costo de las atenciones para pacientes con COVID-19 en las clínicas privadas, el grupo parlamentario Frepap ha presentado un proyecto de ley a la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso con el objetivo de transparentar los costos de las clínicas y “erradicar el aprovechamiento económico de abusivo”.
De acuerdo con Gianfranco Iparraguirre, socio del Estudio León e Iparraguirre, el proyecto de Ley No. 5490-2020 adolece de criterios de racionalidad y plantea un control de precios al querer sancionar los casos en que un medicamento tenga un “precio excesivo” en relación a un monto promedio de su costo en la venta externa.
“Primero, propone que Susalud pueda sancionar a las clínicas, si es que encuentra diferencias irracionales, entre los costos de servicios de salud y la ganancia del establecimiento privado. La norma no establece un criterio objetivo para definirlo”, puntualizó.
Agregó que otro error es que se propongan sanciones y cobros por precios excesivos de medicamentos, comparados con el precio promedio de los mismos. “No se define cómo se va a establecer ese precio promedio y, en segundo lugar, ¿qué es un precio excesivo? Nuevamente, es subjetivo”.
Transparencia y sanciones
Explicó que, aunque es loable querer mejorar la información que se brinda en la contratación de los servicios de salud en el sector privado, hay que tener mucho cuidado en cómo se quiere mejorar esta transparencia. Recordó que revelar los costos operativos de las empresas implica revelar información comercial que puede ser usada por la competencia.
“Afecta la libre competencia porque permite que todos los competidores conozcan los costos de toda su competencia, que incluso pueden ser los honorarios de los médicos. Eso forma parte de la esfera privada. Hay una regulación de confidencialidad de la información”, precisó.
En este punto el proyecto precisa que las remuneraciones se informarían como un solo monto consolidado para evitar afectar el derecho a la intimidad personal de los trabajadores.
Hasta el momento, el dictamen tiene cinco opiniones técnicas en contra, incluyendo la del Ministerio de Salud, que indica que la norma sobre regularía aspectos reconocidos y amparados en las normas nacionales y sectoriales, lo que podría generar mayor inseguridad jurídica.
En un escenario aprobatorio, Iparraguirre comentó que Susalud tendría que ir contra el marco legal vigente, que impide aplicar sanciones administrativas bajo conceptos subjetivos.
“Una sanción administrativa tiene que ser lo más objetiva posible. El Estado no puede sancionar bajo prestaciones subjetivas. Estos conceptos son subjetivos”, agregó.
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