/getHTML/media/1237526
¿Sacaron del cargo a fiscal Peralta? | La Voz del 21
/getHTML/media/1237508
Hugo de Zela sobre viaje a EE.UU.: "Se intentó explicar al Congreso, pero Dina no quiso"
/getHTML/media/1237506
Abraham Levy: "Hay mucho desinterés sobre los incendios forestales"
/getHTML/media/1237486
Benji Espinoza abogado de Fiscal Elizabeth Peralta: "Nos allanamos a lo que decida la Fiscalía"
/getHTML/media/1237484
Darío Sztajnszrajber, filósofo: "Aprendamos a vivir el amor también con sus sombras"
/getHTML/media/1237374
Abogado de 'Culebra': " Santiváñez quiere pasar al retiro al capitán Izquierdo"
/getHTML/media/1237194
Congreso niega viaje a Dina por incendios | La Voz del 21
/getHTML/media/1237192
Luis Vargas Valdivia sobre 'Chibolín': "Fiscalía podría evaluar organización criminal"
/getHTML/media/1237191
Marco Antonio La Rosa: "Necesitamos una declaratoria de emergencia por incendios"
/getHTML/media/1237190
Igor Mostovenko, modelo: "No le diría nada a Putin porque está enfermo" en La del Estribo
/getHTML/media/1237030
Diego Barragán y el éxito de la estrategia de Qroma en Marcas y Mercados
/getHTML/media/1237029
Cecilia Valenzuela sobre Summum: "La gastronomía peruana es la mejor expresión de nuestro mestizaje"
/getHTML/media/1237023
Fiscalía levantará las comunicaciones de 'Chibolín'
/getHTML/media/1237021
Carlos Basombrío: "No hay liderazgo en el Ministerio del Interior"
/getHTML/media/1237011
José Carlos Nieto de Sernanp sobre incendios forestales: "El oso de anteojos es una de las especies en peligro"
/getHTML/media/1236987
Carlos Neuhaus, presidente del PPC: "Hay que fomentar que los partidos se junten"
/getHTML/media/1236984
Tefi Valenzuela: ‘’Debes saber satisfacerte sin necesidad de un hombre’’
/getHTML/media/1236566
¿Le anularán el caso Rolex a Dina Boluarte?
/getHTML/media/1236567
Yván Montoya analiza el hábeas corpus de Dina Boluarte
/getHTML/media/1236524
¿Qué opinan los peruanos de Alberto Fujimori? en Ciudadanos y Consumidores
/getHTML/media/1236426
César Campos: ¿Fuerza Popular será lo mismo sin Alberto Fujimori?
/getHTML/media/1235910
Andy Carrión sobre 'Chibolín': ¿De dónde viene la fortuna de Andrés Hurtado?
/getHTML/media/1235889
Jeremías Gamboa y la conquista de Lima en Ciudad de Cuentos
PUBLICIDAD

Empresas que postergaron CTS de mayo deberán hacer los dos pagos hasta el 16 de noviembre

Según abogados laboralistas, incumplir con estos depósitos constituye una infracción grave. Los beneficiados serían trabajadores con sueldos mayores a S/ 2,400 soles, a quienes no se les abonó en mayo.

Imagen
Fecha Actualización
A pocos días del 16 de noviembre, el último día hábil para pagar la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) de noviembre, los empleadores que decidieron postergar el pago del mes de mayo, en virtud del Decreto de Urgencia No. 038-2020, deberán depositar ambos pagos juntos y el de mayo deberán contar con los intereses.
“Si el empleador postergó el pago de la CTS de mayo, tiene que efectuar ahora (en noviembre) el depósito de mayo por el periodo de abril 2020, con los intereses que la cuenta CTS del trabajador hubiera generado si es que el depósito se hubiera hecho. La CTS de noviembre no se puede postergar y si no la pagan, el trabajador puede quejarse a Sunafil”, explicó Ricardo Herrera, abogado laboralista y socio del Estudio Muñiz.
De igual manera, María Ángela Vásquez, abogada laboralista del Estudio Aguirre Abogados y Asesores, recordó que incumplir con este pago de forma íntegra, y en la oportunidad que corresponde, es una infracción grave. Además, precisó que la postergación de mayo aplicó solamente a trabajadores con sueldos mayores a los S/ 2,400, que no fueron enviados a suspensión perfecta de labores.
“Los trabajadores no pueden renunciar a este beneficio o pedir algún tipo de fraccionamiento o aplazamiento del pago. Así se hiciera este convenio, podría ser objetado. Por más que el trabajador esté de acuerdo, la ley está por encima de los convenios privados”, comentó.
Suspensión perfecta y reducciones de sueldo
En el caso de los trabajadores que fueron puestos en suspensión perfecta de labores, se producen distintos escenarios de acuerdo con la fecha en que ingresó al régimen de suspensión. Según Herrera, la CTS se computa por mes completo trabajado y la suspensión perfecta lo que hace es suspender el tiempo de servicios, así que es importante delimitar las fechas.
“Si la suspensión perfecta entró en vigencia el primero de junio, ahí sí le correspondería un doceavo del sueldo computable como CTS por el periodo de mayo a noviembre, pero si la suspensión perfecta empezó el 31 de mayo o antes, ya no le corresponde depósito de CTS por noviembre”, aseguró. La CTS de mayo sí se les debió haber depositado en su momento.
Respecto a los trabajadores que en algún momento acordaron una reducción de sueldo de manera temporal, la CTS se calculará sobre la base del sueldo que tenían en las fechas de corte, 30 de abril para el pago de mayo y 31 de octubre para noviembre.
“Para el pago de noviembre, se va a tomar en cuenta la remuneración que se tuvo hasta el 30 de octubre. De tal manera que, si el convenio sigue vigente, sobre el nuevo sueldo se hará el cálculo, pero si ya terminó la fecha del convenio, el cálculo se hace con el sueldo actualizado”, afirmó Vásquez.
TAGS RELACIONADOS