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Gobierno promulga normas a favor de los clientes de bancos

Entidades financieras no podrán cambiar tasas de interés de créditos a plazo fijo ni crear cuentas con nombres “libre” o “sin costo” y solo deberán informar la Tasa de Costo Efectivo Anual (TCEA).

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Fecha Actualización
Un mes después de que el Pleno del Congreso la aprobara, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley Nº 29571, la cual establece una serie de medidas a favor de los usuarios del sistema financiero.

En esencia, se trata de modificaciones que refuerzan el Código de Protección y Defensa del Consumidor y la Ley de Protección al Consumidor en materia de Servicios Financieros, y cuyo fin es dotar de mejor información sobre estos productos.

Además de evitar que modificaciones contractuales no consultadas, así como publicidad engañosa o poco clara, afecten la economía de los hogares que acuden al sistema con la ilusión de obtener financiamiento para mejorar su calidad de vida.

OJO CON LA TASAPara comenzar, las entidades del sistema financiero estarán obligadas a destacar en su publicidad y en sus contratos la Tasa de Costo Efectivo Anual (TCEA) de los créditos, así como la Tasa de Rendimiento Efectivo Anual (TREA) de los depósitos.

A diferencia de la Tasa Efectiva Anual (TEA) con la que los bancos, cajas, edpymes y financieras han inundado su publicidad, la TCEA y la TREA comprenden además del interés todos los costos directos e indirectos. Por ello, son un indicador más exacto del valor real del crédito y no inducen a los consumidores a error.

Y para evitar confusiones, la nueva ley en prohíbe, a las entidades en cuestión, hacer referencia a otras tasas y a efectuar cambios en los contratos de forma unilateral cuando se trata de créditos a plazo fijo o depósitos a plazo fijo, sujetos a una tasa fija.

Cuando son cambios en contratos con tasas de interés variable, estos entrarán en vigencia en un plazo de 45 días calendario y no 30, como sucede ahora.

Y si el usuario no está de acuerdo y decide ponerle fin a la relación contractual, la norma prohíbe a las entidades financieras interponer condiciones onerosas o desproporcionadas al ejercicio del derecho del consumidor.

ADIÓS A COBROS ABUSIVOSFinalmente, se autoriza a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) a ordenar las categorías de las comisiones existentes, de tal forma que correspondan a servicios efectivamente brindados y tengan justificación técnica.

Y se prohíbe a las empresas del sistema financiero usen las denominaciones "sin costo" o "libre" en cuentas de ahorro o depósitos que sí acarrean un costo. La norma entra en vigencia hoy y le da plazo a la SBS de 90 días para reglamentar estos cambios.

SABÍA QUE

- Comisiones indebidasA principios de año, el jefe de la SBS, Daniel Schydlowsky, informó que en los últimos meses los bancos habían eliminado 800 comisiones.

- Mucho por ordenarAdemás de esas comisiones eliminadas, de acuerdo con Giovanna Prialé, exgerenta de Productos y Servicios al Usuario de la SBS, en el sistema financiero hay 5,000 comisiones, de las cuales 750 deberían eliminarse porque no corresponden a servicios efectivamente brindados.

- ¿Y el pago mínimo?La SBS también prepara una norma para evitar que las deudas crezcan con el tiempo. Hoy, los bancos y financieros destinan gran parte del pago mínimo a los intereses. El regulador apunta que un porcentaje mayor vaya a la cancelación del capital del crédito.