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Hasta el 15 de julio se pagará la gratificación
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El 15 de julio vence el plazo para que las empresas depositen a sus trabajadores la gratificación por Fiestas Patrias, que equivale a un sueldo íntegro siempre y cuando hayan laborado de enero a junio de 2020, más una bonificación del 9% de la ‘grati’ que proviene de la contribución a Essalud. A las personas afiliadas a una entidad prestadora de salud (EPS), dicho bono extraordinario será equivalente al 6.75%.
¿Quiénes tienen derecho al beneficio? La Cámara de Comercio de Lima explicó que les corresponde a todos los trabajadores de la actividad privada con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial. Aquellos que pertenezcan a la pequeña empresa recibirán la mitad de un sueldo, y los de la microempresa no accederán al mismo.
El abogado laboralista Ricardo Herrera explicó a este diario que el sueldo que se debe tomar en cuenta es el percibido en junio de este año.
“Si yo no entré a trabajar en enero, se calculará como un sexto del sueldo por cada mes laborado en el semestre”, dijo.
Explicó que los trabajadores que están en suspensión perfecta también recibirán el beneficio. También aquellos que pertenecen a empresas cuyas solicitudes de suspensión aún están en trámite o fueron denegadas, indicaron fuentes de Perú21.
Tenga en cuenta
-Herrera explicó que, ante el recorte temporal del sueldo, la gratificación se calculará sobre ese monto, salvo que haya un acuerdo entre trabajador y empleador.
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