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MTC propone flexibilizar uso de vestimenta formal para quienes acudan al trabajo en bicicleta

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones prepublicó hoy el reglamento de la ley que promueve el uso de la bicicleta mediante tres campos de acción.

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Fecha Actualización
En el marco de la estrategia para fortalecer la seguridad vial, implementar la movilidad urbana y desarrollar la infraestructura vial en todo el país, se publicó en el diario oficial El Peruano el proyecto del Decreto Supremo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30936 y promueve y regula el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible.
La finalidad de la medida es garantizar el desplazamiento de los ciclistas en condiciones de seguridad a nivel nacional y fortalecer su presencia como usuarios de las vías. Según el MTC, apenas el 1% de limeños lo utiliza como medio de desplazamiento.
El proyecto del sector transportes contempla tres campos de acción para su futura implementación: educativo, laboral e infraestructura.
En el educativo se contempla impartir normas de tránsito y cultura vial en las instituciones educativas y desarrollar jornadas de sensibilización en los centros de educación superior.
El segundo es el laboral, que incluye incentivos para los trabajadores del sector público que acudan a su centro de labores en bicicleta, tales como la flexibilización para el horario de trabajo, el uso de la vestimenta y el otorgamiento de días u horas libres, considerándose una jornada laboral por cada 60 veces que el trabajador acuda a laborar en este vehículo de movilidad personal.
El reglamento propone "la flexibilización en el uso de vestimenta formal o uniforme, sin perjuicio de las medidas de seguridad y salud en el trabajo".
Asimismo, la norma busca que las empresas realicen actividades promocionales a fin de incentivar entre los trabajadores el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible, eficiente y que contribuye en la preservación del ambiente a través de charlas informativas o de sensibilización, entre otras.
El tercer campo está referido a la infraestructura, pues incorpora en el planeamiento vial dos tipos de infraestructura: la ciclovial (ciclovía, ciclosenda, ciclocarril, cicloacera) y la ciclovial complementaria (estacionamientos, parqueadores, surtidores de agua, puestos de servicio técnico).
De esta manera, el MTC establece los incentivos y condiciones que permitirán incrementar el uso de la bicicleta convencional y de la bicicleta de pedaleo asistido (bicicleta eléctrica con potencia de 350 kilovatios y velocidad máxima de 35 kilómetros por hora) como medios de transporte alternativos.
La propuesta normativa del reglamento ha sido coordinada con la Municipalidad de Lima y con los ministerios de Trabajo, Educación, Salud y Vivienda, Construcción y Saneamiento, instituciones que contribuyeron con aportes, de acuerdo a sus competencias.
Los comentarios y aportes de los ciudadanos, entidades públicas y privadas podrán remitirse, hasta el domingo 13 de octubre, a la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC o a la dirección electrónica reglamentobicicleta@mtc.gob.pe.
Asimismo, en los próximos días, y mientras dure la prepublicación del reglamento, un equipo de especialistas del MTC realizará talleres en diversas ciudades, como Piura, Moyobamba, Arequipa y Cusco, para recoger los comentarios de diversos actores.