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Operadoras no pueden impedir migrar a otros planes si usuario no acepta aumento de tarifas

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) recordó a los usuarios que las empresas operadoras no pueden obstaculizar sus solicitudes de migración a planes con precios más bajos, portaciones a otras empresas operadoras, suspensiones temporales o bajas del servicio si no se encuentran de acuerdo con ajustes tarifarios a los planes de sus servicios.

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El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) recordó a los usuarios que las empresas operadoras no pueden obstaculizar sus solicitudes de migración a planes con precios más bajos, portaciones a otras empresas operadoras, suspensiones temporales o bajas del servicio si no se encuentran de acuerdo con ajustes tarifarios a los planes de sus servicios.
Ese es el caso del reciente aumento tarifario que será aplicado desde el 1 de abril al servicio de internet fijo (sin incluir a los de tecnología ADSL) o televisión de paga y a productos empaquetados en dúos y tríos, ofrecidos por la compañía Movistar.
El regulador apuntó que los usuarios tienen derecho a solicitar el cambio de plan tarifario o la baja del servicio sin condicionamientos, ni explicaciones a la empresa operadora.
Movistar indicó que efectuará un incremento promedio de S/ 9.24 para planes de servicios tríos, de S/ 6.04 para servicios en plan dúo y de S/ 4.25 para servicios únicos como internet fijo o televisión de paga.
Según la información reportada por la empresa a Osiptel, el motivo de la actualización de las tarifas se sustenta en inversiones para el despliegue de fibra óptica y mejoras en la red de HFC para soportar crecimiento del tráfico en el servicio, ajustes por escenario inflacionario y gastos comerciales.
Es importante tener en cuenta que, a diferencia de otros servicios y empresas, Movistar tiene obligaciones especiales más exigentes aplicables a su servicio de internet fijo, por lo que debe avisar a los usuarios sobre la modificación tarifaria con mayor anticipación y hasta en dos oportunidades.
El primer aviso, con al menos 30 días de anticipación y el segundo anuncio, a modo de recordatorio, deberá comunicarlo a 10 días calendario de la entrada en vigencia de la nueva tarifa.
Para ello, la empresa enviará dichas comunicaciones especiales utilizando el mismo medio de envío de los recibos telefónicos (correo electrónico o al domicilio). Complementariamente, de contar con el número telefónico móvil del usuario enviará un mensaje a través de un SMS. Toda esta información que acredite el envío de comunicaciones será requerida a la compañía por el regulador para asegurar su cumplimiento.
En las comunicaciones a los usuarios, la operadora deberá cumplir con indicarles cuáles son los tres planes alternativos de menor renta vigentes, a fin de que ellos evalúen cambiar de plan tarifario (migrar), en caso no estén de acuerdo con el cambio de tarifas.
Como parte de las obligaciones especiales impuestas a Movistar en el caso de Internet fijo, se establece que este trámite de migración (cambio de plan) sea atendido en un día hábil si no se requiere de visita técnica, y en cinco días hábiles si involucra una visita técnica.
Si los usuarios no están satisfechos con las opciones propuestas, podrán solicitar la suspensión temporal (de entre 15 y 60 días calendario al año) o dar de baja a su plan sin ningún tipo de condicionamiento. En el caso de Internet fijo, ambos trámites no deben demorar más de un día hábil y pueden ser realizados desde el aplicativo web y móvil de Movistar (App Mi Movistar), implementado por exigencia del Osiptel.
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