El 25 de setiembre de 2015, Telefónica interpone un recurso de reconsideración contra la referida resolución, el cual fue declarado infundado el 10 de noviembre. Ante ello, con fecha 1 de diciembre, Telefónica presenta un recurso de apelación argumentando que se vulneraron los principios de legalidad, del debido procedimiento y la debida motivación al momento de resolver el recurso de reconsideración, así como los principios de presunción de licitud, presunción de veracidad y el de razonabilidad al momento de aplicar las sanciones.