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Pago del CTS se recibirá en los próximos días, ¿se podrá retirar?

El primer pago de la CTS en el año se da a mediados de Mayo.

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Fecha Actualización
A partir del 15 de Mayo vence el plazo para que todos los trabajadores del sector privado reciban el primer pago de su Compensación por Tiempo de Servicios del 2023.
La CTS de mayo llega a equivaler el 50% del sueldo sin descuentos además de la sexta parte de la última gratificación. Una duda que tienen muchos trabajadores es el hecho de que si se podrá retirar ese depósito.
Según lo establecido en la Ley 31480, por su libre disponibilidad, los trabajadores podrán nuevamente retirar el monto de CTS que se les deposite, como años anteriores. Esta ley permite a los trabajadores usar el total de los depósitos a su gusto, con tal de que tengan una cierta cantidad acumulada a la fecha de disposición.
Los depósitos de CTS solo podrían ser embargados en el caso de que el trabajador tenga deudas por alimentos o hasta el 50%.
Tenga en cuenta que la CTS se deposita obligatoriamente en el banco elegido por el trabajador, aun cuando exista embargo judicial por deudas de alimentos. En este caso, la empresa debe informar al juez que la CTS ha sido depositada conforme a ley y que, en todo caso, el embargo se debe solicitar al banco depositario; salvo que se trate de la CTS que se consigna en la liquidación del trabajador que cesa y cuyo plazo para su depósito aún no ha vencido”, detalla la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
La CTS se podría retirar por vía remota (online) o por los medios específicos que ofrezca cada entidad financiera. A veces el retiro solo se puede realizar ingresando a la app o por banca por internet.
El pedido de retiro de CTS se podrá realizar por vía remota (online) o a través de los medios que establezca cada diferente entidad financiera. En algunos casos el retiro se puede realizar solo ingresando a la app o banca por internet de su entidad.
El retiro de este monto estaría vigente hasta el 31 de diciembre de este año. Más adelante seguiría vigente según la ley N° 30334, en donde los trabajadores retirarán de su CTS el exceso de cuatro sueldos.
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