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Prácticas preprofesionales y profesionales: estos son los derechos laborales
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Las prácticas uno de los primeros pasos que dan los jóvenes profesionales en el mundo laboral, y así como el tiempo, dinámica o intensidad de sus labores tienen ciertas características que difieren de las de un profesional ya formado, sus derechos laborales también tienen ciertas características. ¿Cuáles son estos?
Lo primero a tener en cuenta es que las prácticas preprofesionales y profesionales no generan un vínculo laboral porque su objetivo es formativo, pero sí se reconocen ciertos derechos.
Otro aspecto a tener en cuenta es que en las prácticas preprofesionales participan estudiantes hasta que egresan de sus respectivas carreras, mientras que en las prácticas profesionales se comprende a los egresados hasta antes de que obtengan su título profesional. Así lo precisa la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral.
Las prácticas profesionales, además, implican que deba firmarse un convenio de prácticas por escrito entre el instituto o universidad y la empresa donde la persona va a practicar, en tanto que cuando se trata de las prácticas profesionales el convenio no debe superar los 12 meses, salvo que se determine una extensión mayor.
¿Qué derechos tiene un practicante?
1. Una subvención mensual: el practicante recibe una subvención mensual, equivalente a una remuneración mínima vital (S/1,025), esto en caso cubra íntegramente la jornada establecida para realizar la práctica. En los casos en los que no se cumpla, el pago será proporcional.
2. Una subvención adicional: también se debe recibir el pago de media subvención mensual por cada seis meses de duración de prácticas.
3. Jornada máxima de prácticas:
- Prácticas preprofesionales: se debe realizar prácticas por un máximo de 6 horas diarias o 30 horas semanales.
- Prácticas profesionales: tienen una duración diaria de 8 horas o 48 horas semanales. Los practicantes no pueden realizar horas extras.
4. Derecho a descanso: cuando la duración de la práctica sea superior a los 12 meses, los practicantes tienen derecho a descansar 15 días pagados.
5. Seguridad social: deben tener un seguro que cubra riesgos de enfermedad y accidentes a través de EsSalud o de un seguro privado con una cobertura equivalente a 14 subvenciones mensuales en caso de enfermedad, y 30 por accidente.
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