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Precios de farmacias de las clínicas: ¿Aló, Indecopi, estás?

Alonso Morales Acosta, abogado socio y jefe del Área de Protección al Consumidor y Competencia de TYTL Abogados

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Fecha Actualización
Por Alonso Morales Acosta
Abogado socio y jefe del Área de Protección al Consumidor y Competencia de TYTL Abogados
En el artículo anterior, “Farmacias de las clínicas llamando al populismo”, se sugirió que los precios altos de las clínicas se relacionaban con una falta de empatía con el consumidor y si no tenían alguna justificación objetiva, podían estar basándose en una concertación de precios. El escenario presunto sería el siguiente: las clínicas negocian con los laboratorios los precios de compra para sus farmacias y obtienen descuentos muy significativos; ello en parte por su poder de negociación y en parte por su poder de concertación. Así, una caja de 30 cápsulas de un producto, que podría costar S/300.00, la obtienen en S/16.00, pero, ¿qué es lo que además pactan?; que el precio del medicamento sea muy alto, vale decir, fijan el precio del mercado. Ese precio es transmitido a revistas especializadas como Kairos, que recoge los precios de los laboratorios, y se convierte “mágicamente” en el “precio de mercado”. El precio de venta al público sería muy caro salvo ofertas o coaseguros. Si se observa bien, estos precios parten de una concertación entre clínicas (con poder de compra) y los laboratorios (¿quién no quiere a las clínicas grandes de clientes?).
¿Por qué puede pedirle un comprador fuerte a su vendedor que le suba el precio?, ¿cuál puede ser la razón?, ¿solo explotar al consumidor o también excluir a su competidor?
Las dos cosas, pues la clave para poder expoliar al consumidor está justamente en que no haya competencia; así, el competidor no podrá ofrecer estos productos a un precio más bajo ni tendrá esa ventaja competitiva con la que cuenta la clínica, donde sus médicos prescriben el medicamento y su farmacia lo vende con un “generoso descuento” o aplicando el “coaseguro” sobre un precio inflado.
En conclusión, tendremos menos competencia para ese producto, un consumidor que termina pagando un precio alto en la farmacia de la clínica aun aplicando su coaseguro, volviendo inoperativo su deducible, en un contexto de ingentes ganancias para clínicas sobre la base de la concertación. Este es el escenario en el que corresponde a Indecopi actuar.
Naturalmente los programas de cumplimiento, de clemencia, de recompensas, los compromisos de cese y el procedimiento administrativo sancionador con garantías del debido proceso son el camino y no esa nefasta Ley 31040, que no entiende nada del mercado y que, bajo el pretexto de penalizar conductas, frustra la eficiencia de estas herramientas, perjudica todo un trabajo profesional y de años por lograr objetivos y avances en la institucionalidad de una economía social de mercado cuyo centro sea el consumidor; institución de la cual, se nota, ciertos congresistas no tienen ni idea de cómo funciona.
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