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Feriado largo: Recomendaciones para las personas que viajarán este fin de semana | FOTOS

Tome en cuenta las siguientes recomendaciones si va a contratar una agencia de viajes, si va a comprar por Internet o si reservará algún hotel u hostal.

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Si tiene algún reclamo, informe al proveedor sobre el inconveniente para que lo solucione de manera directa. Asimismo, puede solicitar el Libro de Reclamaciones o contactarse con el Indecopi. (Foto: GEC)
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En cuanto a los restaurantes, estos deben exhibir su lista de precios en el exterior de sus establecimientos. Asimismo, esta lista debe incluir el precio final de cada plato, incluyendo el IGV. (Foto: GEC)
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Al momento de elegir una página web en la cual realizar su compra, prefiera aquellas que cuenten con el ícono de un candado en la parte superior de la misma. (Foto: GEC)
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Si contrata un servicio a través de páginas web o aplicaciones móviles, tenga en cuenta que el proveedor del servicio debe brindar información relevante para tomar una buena decisión de consumo. (Foto: GEC)
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En cuanto a los hoteles y hostales, estos tienen la obligación de publicar, en un lugar visible de sus establecimientos, la lista de precios del servicio, los cuales deben estar consignados en moneda nacional. (Foto: GEC)
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Con ello, en caso de accidentes de tránsito, la empresa debe activar de forma inmediata el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) o el Certificado Contra Accidentes de Tránsito (CAT). (Foto: GEC)
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Debe contratar con empresas formales y exigir su boleto de viaje, ya que este es la constancia de contratación del servicio y del vínculo con el proveedor. (Foto: GEC)
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Recuerde que no le pueden obligar a pagar sumas o recargos adicionales al precio informado, salvo que se trate de servicios distintos al originalmente contratado. (Foto: GEC)
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Infórmate sobre el servicio de transporte que desea contratar y verificar –en la publicidad o a través de la página web de la empresa– el precio y las condiciones aplicables. (Foto: GEC)
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SI planea viajar durante el feriado largo que comienza el 29 de agosto, siga estas recomendaciones. (Foto: Pixabay)
Fecha Actualización
El día 29 de agosto fue declarado día no laborable para el sector público, y el 30 del mismo mes, según el calendario, es feriado a nivel nacional. De esta manera, las personas podrán disfrutar de un feriado largo.
En este periodo, algunos optan por salir de viaje. Para ellos, el Indecopi ha elaborado una serie de recomendaciones a tener en cuenta con el fin de evitar inconvenientes.
Los consejos se enfocan en los servicios turísticos, deportes de aventura, hospedaje, transporte aéreo y terrestre, restaurantes, así como en el uso adecuado de las tarjetas de crédito y las compras online para que los viajeros disfruten de estos días con responsabilidad.
-Agencias de viaje-
La entidad señala que si va a contratar una agencia de viajes, debe verificar que la empresa sea formal y cuente con RUC. Al momento de efectuar algún pago, además, debe exigir el comprobante correspondiente.
Esto le permitirá identificar el nombre o la razón social de la persona o empresa con la que está contratando el servicio y le garantiza la posibilidad de presentar un reclamo si no se cumple con el servicio de acuerdo a lo ofrecido.
Tenga en cuenta que no le pueden obligar a pagar sumas o recargos adicionales al precio informado, salvo que se trate de servicios distintos al originalmente contratado.
Asimismo, debe informarse sobre el servicio de transporte que desea contratar y verificar en la publicidad o a través de la página web de la empresa, el precio y las condiciones aplicables (forma de pago, tiempo de duración del viaje, servicios incluidos en el transporte, peso permitido de equipaje, etc.).
No olvide contratar con empresas formales y exigir su boleto de viaje, ya que este es la constancia de contratación del servicio y del vínculo con el proveedor.
En caso de accidentes de tránsito, la empresa debe activar de forma inmediata el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) o el Certificado Contra Accidentes de Tránsito (CAT).
-Servicio de hospedaje-
Los hoteles y hostales tienen la obligación de publicar, en un lugar visible de sus establecimientos, la lista de precios del servicio. Los precios exhibidos deben estar consignados en moneda nacional, pero si están en moneda extranjera se debe agregar el tipo de cambio aceptado para el pago.
Además de ello, el monto consignado para la prestación del servicio de hospedaje debe incluir el precio total, incluyendo cualquier tipo de recargo adicional, así como el IGV.
-Compras online-
Si realiza la contratación de algún servicio a través de páginas web o aplicaciones móviles, tenga en cuenta que el proveedor del servicio debe brindar en su página web o aplicación móvil toda la información que resulte relevante para que los consumidores puedan tomar una decisión de consumo informada (precio, características del servicio, condiciones de compra, etc.).
También, la información debe ser proporcionada en castellano, ser veraz, suficiente, fácilmente accesible, de fácil comprensión y no debe inducir a error.
La página web o la aplicación móvil que se emplee para realizar la contratación del servicio debe garantizar seguridad. Por ello, prefiera las páginas que cuenten con el ícono de un candado en la parte superior de la misma.
-Restaurantes-
En cuanto a los restaurantes, estos deben exhibir su lista de precios en el exterior de sus establecimientos para consulta de los consumidores. La lista debe incluir el precio final de cada plato, incluyendo el IGV.
Recuerde además que en este tipo de servicios está prohibido cobrar montos adicionales por cualquier concepto de manera separada del precio final, con excepción del recargo por propina. Aun así, este concepto debe ser informado de manera oportuna y visible.
-Reclamos-
Si tuviera alguna insatisfacción con un producto o servicio, puede informar al proveedor sobre el inconveniente para que lo solucione de manera directa.
Asimismo, tiene el derecho de exigir el Libro de Reclamaciones para dejar constancia de su reclamo o queja. Recuerde que todo establecimiento debe tener uno.
Por último, recuerde que puede acudir al Indecopi a través de su página web o llamando al servicio de atención al ciudadano.