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SNI advierte desabastecimiento y duplicidad de pagos por instalación de gas natural

El nuevo pago por derecho de conexión constituye, en la práctica, un “impuesto” al consumo de los hogares y al desarrollo empresarial que posibilita el uso de este tipo de combustible, señaló el gremio industrial.

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El “impuesto” a la masificación del gas natural que avala Osinergmin, adicional al que debe ser pagado por primera y única vez por el consumidor, constituye un cargo que genera duplicidad de pagos, alertó el presidente de la comisión de Energía de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), Marco Mejía.
“Esta acción lesiona los derechos de los consumidores afectando de manera directa al sector industrial, comercial y consumidor doméstico. A ello se suma el riesgo de la estabilidad jurídica del país, porque esta acción permite revisar los contratos suscritos previamente”, indicó.
Actualmente, todo usuario de gas natural paga costos variables según su nivel de consumo; y también paga los costos de operación y mantenimiento de la red e inversiones existentes y futuras, según las “Tarifas Únicas de Distribución” que fija Osinergmin, precisó el directivo.
Ante esta problemática, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) ha mostrado la voluntad de coordinar con las partes involucradas con el objetivo de no desalentar la masificación del uso de gas natural.
Sin embargo, el gremio industrial, considera imprescindible y urgente que el MEM y Osinergmin ejecuten acciones para restablecer el equilibrio para el medio millón de consumidores regulados de gas natural y Cálidda que se ha constituido en el monopolio distribuidor de Lima y Callao.
Desabastecimiento

La resolución de Osinergmin, contrario al reglamento, pretende que el derecho de conexión no sea “pago único”, sino que el consumidor pague al monopolio de distribución de gas natural perpetuamente nuevos derechos de conexión por incrementar el uso de este recurso, apuntó la SNI.
Esto constituye, en la práctica, un “impuesto” al consumo de los hogares y al desarrollo empresarial que posibilita el uso de este tipo de combustible.
Esta situación se agravó con la resolución que aprobó que los contratos de suministro de gas natural entre distribuidores y consumidores regulados contengan la obligación de pagar el “derecho de conexión complementario”.
Los usuarios, sin embargo, ya realizaron este pago (que se supone único según reglamento). Además, en sus tarifas reguladas ya se incluyen los costos de inversión del distribuidor, explicó Mejía.
Para el caso de los consumidores de GNV, prosiguió, la situación es más compleja y urgente porque Cálidda, como distribuidor monopólico de gas natural en Lima y Callao, envió cartas a los grifos exigiendo la firma del contrato modificado en un plazo de 5 días
Al tratarse de un “contrato de adhesión”, la exigencia del distribuidor de firma de nuevo contrato no permite que el consumidor sugiera cambios. Este debe ser aceptado en su totalidad por el usuario de gas natural por ser un contrato aprobado por el MEM.
En caso de que los grifos no acepten el contrato modificado, Cálidda ha informado que resolverá el contrato vigente y que se cortará el suministro en la capital. En consecuencia, se generaría un desabastecimiento masivo de GNV en Lima y Callao.
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