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Sunat te devuelve hasta 15 mil soles de impuestos: Consulta con tu DNI en este LINK cuánto te toca
Como cada año, todos los contribuyentes tienen la obligación de presentar su Declaración Anual del Impuesto a la Renta, pero también existe la posibilidad de que la Sunat te devuelva parte de tus impuestos.
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Como cada año, todos los contribuyentes tienen la obligación de presentar su Declaración Anual del Impuesto a la Renta, pero también existe la posibilidad de que la Sunat te devuelva parte de tus impuestos.
La entidad recaudadora cada año devuelve impuestos a los contribuyentes que pagan rentas de cuarta y quinta categoría que han solicitado -durante el 2023- la famosa boleta electrónica cuando realizan consumos en restaurantes, hoteles, alquiler de inmuebles, bares, servicios médicos, etc.
Este año los gastos deducibles tienen un máximo de 3 UIT, esto quiere decir S/ 15,450, teniendo en cuenta el precio de la Unidad Impositiva Tributaria del 2023.
La Sunat ha informado que devolverá los montos de los contribuyentes sin que estos realicen algún trámite, que se conoce como ‘devolución de oficio’, que se aplica desde el 2017.
LINK para saber si te toca devolución de impuestos
Esta devolución ocurre porque la Sunat determina al final del año que tienes un saldo a tu favor, es decir, el impuesto retenido es mayor al que te corresponde pagar.
Para conocer si tienes un saldo a favor debes ingresar a este LINK.
Solo debes escribir tu DNI, el dígito de verificación, tu fecha de nacimiento y el código de seguridad.
Antes de hacer la consulta debes registrar tu Código de Cuenta Interbancario AQUÍ.
Para el ejercicio 2023, la devolución de este dinero iniciará el 12 de junio 2024.
¿Quiénes deben presentar la declaración de impuestos?
De acuerdo con la normativa, deben presentar la Declaración de Renta 2023 las personas naturales que hayan percibido Rentas de Quinta Categoría (en planilla) que determinen un saldo a favor y deduzcan gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
Asimismo, están obligadas a presentarla los trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (independientes) y/o Quinta Categorías, así como aquellos que hubieran percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categorías y atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos. Además, quienes tengan un saldo a pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera también deben realizar la declaración.
Para facilitar el proceso, la entidad proporciona información personalizada referencial, actualizada al 30 de abril de 2024, sobre ingresos, pagos, retenciones y gastos, que los contribuyentes pueden verificar, completar o modificar al presentar la Declaración Anual.
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En caso de determinarse un saldo a favor del Impuesto a la Renta, el contribuyente puede registrar o actualizar su Código de Cuenta Interbancario (CCI) para que la Sunat realice la devolución directa en su cuenta bancaria.
Así también, las personas tienen la opción de solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del pago del impuesto determinado inmediatamente después de presentar la declaración, sin necesidad de acudir a una oficina de la Sunat.
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