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Trabajadores agrarios con nuevos beneficios

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Fecha Actualización
Un nuevo decreto de urgencia (DU) publicado por el Ejecutivo detalla los beneficios de los trabajadores que estén bajo el régimen de la Ley de Promoción Agraria. Se precisa que estos deben recibir una remuneración no menor a S/39.19 diarios, siempre que tengan una jornada de más de cuatro horas.
El jornal diario, que antes se ubicaba en S/36.29, no es el único beneficio que establece la norma. La compensación por tiempo de servicios (CTS) debe ser equivalente al 9.72% de la remuneración básica que obtenga el trabajador. Asimismo, el sueldo mensual no debe ser menor a S/930 (remuneración mínima vital).
Por otro lado, las gratificaciones de Fiestas Patrias (julio) y de Navidad (diciembre) son equivalentes al 16.66% del ingreso básico.
En el decreto, además, se indica que los empleadores deben aumentar el aporte mensual a Essalud hasta 6% de la remuneración mensual.
Esta deducción tendrá tres ajustes más.
El primero será a partir del 1 de enero de 2025, incrementando la asignación a 7% de un sueldo. Dos años después, los empleadores deberán asignar el 8%. Finalmente, en 2029, el descuento deberá estar nivelado con lo que recibe un empleado en cualquier otro sector: 9% de la remuneración mensual.
Otro beneficio que ha mejorado con la ampliación de este régimen es el aumento de días de vacaciones, que pasarán de 15 días a un mes por cada año de trabajo.
SABÍA QUE:
* Como se adelantó el viernes, el gobierno había puesto en agenda la publicación de la ampliación de la norma hasta 2031.
* En la etapa anterior de la ley, las agroexportaciones aumentaron de US$600 millones a US$6,000 millones.
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