/getHTML/media/1237526
¿Sacaron del cargo a fiscal Peralta? | La Voz del 21
/getHTML/media/1237508
Hugo de Zela sobre viaje a EE.UU.: "Se intentó explicar al Congreso, pero Dina no quiso"
/getHTML/media/1237506
Abraham Levy: "Hay mucho desinterés sobre los incendios forestales"
/getHTML/media/1237486
Benji Espinoza abogado de Fiscal Elizabeth Peralta: "Nos allanamos a lo que decida la Fiscalía"
/getHTML/media/1237484
Darío Sztajnszrajber, filósofo: "Aprendamos a vivir el amor también con sus sombras"
/getHTML/media/1237374
Abogado de 'Culebra': " Santiváñez quiere pasar al retiro al capitán Izquierdo"
/getHTML/media/1237194
Congreso niega viaje a Dina por incendios | La Voz del 21
/getHTML/media/1237192
Luis Vargas Valdivia sobre 'Chibolín': "Fiscalía podría evaluar organización criminal"
/getHTML/media/1237191
Marco Antonio La Rosa: "Necesitamos una declaratoria de emergencia por incendios"
/getHTML/media/1237190
Igor Mostovenko, modelo: "No le diría nada a Putin porque está enfermo" en La del Estribo
/getHTML/media/1237030
Diego Barragán y el éxito de la estrategia de Qroma en Marcas y Mercados
/getHTML/media/1237029
Cecilia Valenzuela sobre Summum: "La gastronomía peruana es la mejor expresión de nuestro mestizaje"
/getHTML/media/1237023
Fiscalía levantará las comunicaciones de 'Chibolín'
/getHTML/media/1237021
Carlos Basombrío: "No hay liderazgo en el Ministerio del Interior"
/getHTML/media/1237011
José Carlos Nieto de Sernanp sobre incendios forestales: "El oso de anteojos es una de las especies en peligro"
/getHTML/media/1236987
Carlos Neuhaus, presidente del PPC: "Hay que fomentar que los partidos se junten"
/getHTML/media/1236984
Tefi Valenzuela: ‘’Debes saber satisfacerte sin necesidad de un hombre’’
/getHTML/media/1236566
¿Le anularán el caso Rolex a Dina Boluarte?
/getHTML/media/1236567
Yván Montoya analiza el hábeas corpus de Dina Boluarte
/getHTML/media/1236524
¿Qué opinan los peruanos de Alberto Fujimori? en Ciudadanos y Consumidores
/getHTML/media/1236426
César Campos: ¿Fuerza Popular será lo mismo sin Alberto Fujimori?
/getHTML/media/1235910
Andy Carrión sobre 'Chibolín': ¿De dónde viene la fortuna de Andrés Hurtado?
/getHTML/media/1235889
Jeremías Gamboa y la conquista de Lima en Ciudad de Cuentos
PUBLICIDAD

Trabajadores independientes con sueldo menor a S/ 3,354 no pagarán Impuesto a la Renta

Los trabajadores independientes (cuarta categoría) que emitan recibos por honorarios y perciban ingresos mensuales que no superen los S/ 3,354 no estarán obligados a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR), informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

Imagen
Fecha Actualización
Los trabajadores independientes (cuarta categoría) que emitan recibos por honorarios y perciban ingresos mensuales que no superen los S/ 3,354 no estarán obligados a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR), informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
También están comprendidos en estas disposiciones aquellos profesionales que tengan funciones de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares y perciban rentas por dichas funciones y además otras de cuarta y/o quinta categorías, y que el total de lo percibido en el mes no supere, ensu caso, los S/ 2,683.
A través de la Resolución de Superintendencia Nº 000203-2021/SUNAT se establecieron los nuevos montos considerando el incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que pasó de S/ 4,400 en el 2021 a S/ 4,600 para el año 2022.
La norma también señala que quienes proyecten que sus ingresos durante el 2022 por rentas de cuarta categoría o por rentas de cuarta y quinta categorías no superarán los S/ 40,250, podrán solicitar la suspensión de las retenciones y/o sus pagos a cuenta del IR.
En el caso de los directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares, podrán pedir la suspensión cuando los ingresos que proyectan percibir en el ejercicio gravable por rentas de cuarta categoría o por rentas de cuarta y quinta categorías, no superen los S/ 32,200.
En estos dos últimos supuestos, si durante el 2022 se supera el monto antes señalado, según sea el caso, el contribuyente deberá declarar y efectuar el pago del IR que corresponda, en vía de regularización.
Trámite virtual
El trámite para solicitar la suspensión de retenciones de cuarta categoría es virtual y consta de solo tres pasos:
Ingresar a Sunat Operaciones en Línea, módulo disponible en el portal www.sunat.gob.pe, con su Clave SOL.Ubicar la sección “Suspensión de Retenciones de Cuarta Categoría” (Formulario Virtual 1609).Precisar la fecha en la que se recibió el primer ingreso por Rentas de Cuarta Categoría y el monto total proyectado para todo el año (se debe registrar solo los ingresos de cuarta categoría, como profesional independiente o de cuarta y quinta categorías, si, además, está en planilla).
El sistema verificará “en línea” la información presentada y procederá a autorizar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta, si no se supera el monto límite anual, emitiendo la constancia correspondiente que se podrá enviar al correo electrónico que desee.
La suspensión tiene efecto desde el día siguiente a la fecha del trámite y estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2022.
VIDEO RECOMENDADO