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Uso de mascarilla en el transporte público seguirá siendo obligatorio, informa ATU

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) informó a los usuarios y a los operadores del transporte público regular, especial y ferroviario que para brindar o acceder a estos servicios continuará siendo obligatorio el uso de la mascarilla, de acuerdo con el Decreto Supremo Nº041-2022-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social, que rige desde el 1 de mayo.

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La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) informó a los usuarios y a los operadores del transporte público regular, especial y ferroviario que para brindar o acceder a estos servicios continuará siendo obligatorio el uso de la mascarilla, de acuerdo con el Decreto Supremo Nº041-2022-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social, que rige desde el 1 de mayo.
La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, dispone que los servicios de transporte urbano se brindarán cumpliendo los protocolos sanitarios aprobados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para el servicio regular, especial (taxi, estudiantes y turístico), Metropolitano, Corredores Complementarios, así como para el ferroviario como el Metro de Lima y Callao, y transporte convencional.
Por tanto, los usuarios deben utilizar doble mascarilla, una quirúrgica de tres pliegues y otra, de preferencia encima, o una KN95 para abordar los buses, trenes y vehículos que brindan el servicio de transporte especial. Asimismo, es obligatorio usar mascarilla para su ingreso y permanencia en las estaciones y terminales.
Asimismo, se debe garantizar una adecuada ventilación de las unidades manteniendo abiertas todas las ventanas. Se recomienda el correcto lavado de manos y el uso constante de alcohol en gel o líquido para la desinfección.
Requisito de vacunación para conductores
La ATU señala que los conductores de todos los servicios de transporte público y especial de pasajeros solo pueden operar si acreditan haber recibido las tres dosis de la vacuna contra el COVID-19, en el Perú o en el extranjero, y siempre que se encuentren habilitados para recibirla, según el protocolo vigente.
Recientemente la ATU firmó un convenio con la Superintendencia Nacional de Salud (SuSalud) para desarrollar actividades conjuntas y que los servicios de transporte se brinden en condiciones sanitarias seguras.
Es importante tener en cuenta que el aforo en los servicios de transporte público se amplió al 100% con el objetivo de garantizar la movilidad de los ciudadanos y reducir los tiempos de viaje”, recordó la ATU.
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