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Reservistas del Ejército marchan por beneficios para excombatientes del terrorismo | FOTOS
Reservistas exigen que el Ejecutivo reglamente la Ley N° 31177 para poder acceder a una serie de beneficios a favor de los excombatientes de la lucha contra el terrorismo.
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Un numeroso grupo de reservistas del Ejército Peruano llegó a las calles del Centro de Lima para marchar y exigir al Ejecutivo que reglamente la Ley N° 31177, que concede una serie de beneficios a los excombatientes de la lucha contra el terrorismo.
Esta marcha inició en horas de la mañana de hoy, viernes 27 de mayo, y se desplazó desde la plaza San Martín hasta inmediaciones del Congreso de la República.
“Exigimos al Poder Ejecutivo, a través de sus órganos respectivos, que reglamente las tres leyes. Han pasado más de un año y esa ley no se reglamenta, que bajo algunas circunstancias puede reconocer el gran sacrificio que hizo el soldado peruano hace 30, 33 años, por la pacificación nacional”, expresó el licenciado Iván Arnaldo Jijón Torres a TV Perú.
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Como se recuerda, la Ley N° 31291, aprobada en julio del 2021, incorporó el reconocimiento como defensores de la democracia a los licenciados de las Fuerzas Armadas.
En esa línea, los excombatientes de la lucha contra el terrorismo que cuenten con parte de guerra y sean calificados como defensores de la democracia, podrán ser incorporados en la Ley N° 31177.
Pese a esto, aún no se ha adecuado el reglamento que permita a los licenciados acogerse a los beneficios que esta ley otorga.
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Esta modificación estaría en manos de la Presidencia del Consejo de Ministros, según indicó el jefe de Estado, Pedro Castillo, en reunión sostenida con los reservistas el lunes 23 de mayo.
En esa ocasión se anunció que en los próximos días se evaluarían los cambios a la reglamentación de la Ley N° 29031.
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¿Beneficios que otorga la ley?
Según se estipula en la ley N° 31291 y el artículo 1 de la Ley 29031, se otorga a los defensores de la democracia, sus hijos, cónyuges o concubinos: el acceso a becas de estudio, convenios con instituciones educativas públicas o privadas para el otorgamiento de las becas. Estos gastos deberán ser cubiertos por el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior.
Sobre los beneficios de los licenciados de la denominada “Campaña Militar de 1941", una bonificación mensual equivalente a tres ingresos mínimos legales. Además, atención gratuita y medicinas en todos los hospitales de las FF. AA. y Policiales, del Ministerio de Salud y de EsSalud.
Asignación por sepelio y nicho gratis y a perpetuidad, y trato preferencial para la adquisición de vivienda propia y afectación de terrenos con fines agropecuarios.
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