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COVID-19: dictan medidas extraordinarias para garantizar el acceso a la vacuna contra el coronavirus

El Poder Ejecutivo dictó medidas extraordinarias para facilitar y garantizar la adquisición de vacunas contra la COVID-19 y el fortalecimiento de la salud mental de la población durante la emergencia sanitaria declarada por esta pandemia. Establece medidas en materia económica y financiera que permitan autorizar, excepcionalmente al Ministerio de Salud a realizar modificaciones presupuestarias para financiar la compra de la vacuna contra el coronavirus.

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El Poder Ejecutivo dictó medidas extraordinarias para facilitar y garantizar la adquisición de vacunas contra la COVID-19 y el fortalecimiento de la salud mental de la población durante la emergencia sanitaria declarada por esta pandemia. Esto permitirá Ministerio de Salud realizar modificaciones presupuestarias excepcionales para financiar la compra de la vacuna contra el coronavirus.
El Decreto de Urgencia 093-2021, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, establece incrementar progresivamente el acceso de la población a servicios de promoción, prevención, tratamiento, rehabilitación y recuperación de trastornos mentales y problemas psicosociales, integrados a las redes de servicio de salud desde el primer nivel de atención, en el marco del modelo de salud mental comunitaria en todo el territorio nacional y del Plan de Salud Mental (en el contexto COVID-19, 2020-2021).
Dicha norma de urgencia autoriza, excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2021 al Ministerio de Salud, a través del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (Cenares), a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, para cumplir con los compromisos asumidos en el marco de contratos y acuerdos para adquirir la vacuna.
De igual modo, se dispone que el Minsa pueda efectuar modificaciones presupuestarias hasta por la suma de 2 millones 962,655 para financiar los productos referidos a la salud mental.
También establece que el titular del pliego es responsable de la adecuada implementación, así como del uso y destino de los recursos comprendidos en la aplicación del presente decreto.
El presente Decreto de Urgencia, que lleva el refrendo del Presidente de la República, Pedro Castillo, tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021. También lleva la firma de la titular de la titular del Consejo de Ministros, Mirtha Vásquez; y los ministros de Economía, Pedro Francke; y de Salud, Hernando Cevallos.
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