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Elecciones 2021: Ley Seca para segunda vuelta regirá desde las 8:00 de la mañana del sábado 5 de junio

Desde las 08:00 a.m. del sábado 5 de junio regirá la disposición que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en todo el territorio peruano, conocida como la Ley Seca, en el marco de la realización de las Elecciones Generales 2021 que se celebrarán este domingo 6. Esta medida es parte de un conjunto de acciones dispuestas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para evitar incidentes el día de los comicios en el marco de la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2021, donde millones de peruanos volverán a las urnas para elegir al próximo presidente de la República para el período 2021-2026.

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Desde las 08:00 a.m. del sábado 5 de junio regirá la disposición que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en todo el territorio peruano, conocida como la Ley Seca, en el marco de la realización de las Elecciones Generales 2021 que se celebrarán este domingo 6. Esta medida es parte de un conjunto de acciones dispuestas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para evitar incidentes el día de los comicios en el marco de la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2021, donde millones de peruanos volverán a las urnas para elegir al próximo presidente de la República para el período 2021-2026.
El ente electoral advirtió - a través de sus redes sociales- que la vulneración de esta restricción, que se mantendrá hasta las 08:00 horas del lunes 7 de junio, se sanciona con cárcel no mayor de seis meses, multa de 2,790 soles y pena accesoria de inhabilitación, por igual tiempo que el de la condena, que puede consistir en incapacitar al condenado para ejercer la función o labor que ejercía.
La medida forma parte de las restricciones electorales que comenzaron a regir desde el lunes 31 de mayo, con la que prohíbe la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, conforme al artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
La Ley Seca forma parte de las restricciones electorales que comenzaron a regir, desde el lunes 5 de abril, como la que prohíbe la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, conforme al artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
El incumplimiento de esta última disposición será sancionado con una multa de entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir entre S/44.000 y S/440.000.
Entre otras medidas, figura que el mismo 6 de junio, día central de la segunda vuelta de las Elecciones 2021, no estarán permitidas las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de sufragio, desde las 7:00 a.m. hasta las 7:00 p.m.
Los fiscalizadores del JNE realizarán operativos en diversas regiones del país con el fin de hacer cumplir la normativa electoral y garantizar que la votación transcurra con normalidad.
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