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Entidades del Estado retomarán atención al público desde el 1 de julio con horarios diferenciados

El sector estatal retomará sus actividades presenciales y la atención al público desde el miércoles 1 de julio y en horarios diferenciados, en función del decreto supremo que dispone una cuarentena focalizada para siete regiones y un sector de la población desde esa fecha por el coronavirus (COVID-19).

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Fecha Actualización
El sector estatal retomará sus actividades presenciales y la atención al público desde el miércoles 1 de julio y en horarios diferenciados, en función del decreto supremo que dispone una cuarentena focalizada para siete regiones y un sector de la población desde esa fecha.
La norma precisa que las entidades del sector público, de cualquier nivel de gobierno, desarrollan sus actividades de manera gradual, para lo cual adoptarán las medidas necesarias para el desarrollo de las mismas y la atención a la ciudadanía.
Así, los trabajadores del sector público, los funcionarios, servidores, así como como cualquier persona que tenga vínculo laboral, contractual o relación de cualquier naturaleza, cumplirán su labor presencial en horarios diferenciados.
El horario de entrada para las personas que no brindan atención presencial a la ciudadanía será de 07:00 horas hasta las 16:00 horas, mientras que para las personas que brindan atención presencial a la ciudadanía será de 10:00 horas 19:00 horas.
Deben salvaguardar las restricciones sanitarias y el distanciamiento social, priorizando en todo lo que sea posible el trabajo remoto e implementando la virtualización de trámites, servicios u otros.
Están excluidos de estos horarios aquellas actividades indispensables, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la actividad ordinaria de la entidad o empresa. Esas labores serán determinadas por el titular de la entidad o quien este delegue.
La norma dispone además que las entidades públicas pueden establecer mecanismos de programación de citas de atención al público a través de medios digitales, a fin de optimizar su programación.
Las entidades del sector público, dentro de su capacidad y límites presupuestales autorizados, deberán continuar garantizando la cadena de pagos, a los proveedores de bienes y servicios que hayan contratado, de acuerdo a la norma.
El Gobierno decidió ampliar el estado de emergencia nacional a partir del próximo miércoles 1 de julio hasta el viernes 31 de julio, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19.
Según el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, publicado en una edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del diario El Peruano, se estableció cuarentena focalizada en 7 regiones: Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash.
En dichas localidades los ciudadanos podrán desplazarse únicamente para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas que están autorizadas.
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