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Motos y bicimotos eléctricas: multas, límites de velocidad y todo sobre la nueva regulación de estos vehículos
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, informó sobre nuevas actualizaciones respecto a los medios de transportes con menos de tres ruedas como son las motos y bicimotos eléctricas.
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Fecha Actualización
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, informó sobre nuevas actualizaciones respecto a los medios de transportes con menos de tres ruedas como son las motos y bicimotos eléctricas.
Clasificación
Según el Reglamento Nacional de Vehículos estos vehículos eléctricos tienen esta clasificación:
Las bicimotos son aquellos vehículos automotores (a combustión o eléctrico) que cuentan con un motor de baja potencia y no excede los 50 km/h en su recorrido. Se encuentran clasificadas en la categoría L1.Las motocicletas también son vehículos automotores, pero, a diferencia de las bicimotos, pueden presentar una velocidad menor o mayor a 50 km/h y, según la potencia, se clasifican como categorías L3.
Las bicimotos y motos eléctricas deben estar registrados en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.
Vehículos prohibidos
La entidad adscrita del MTC, indicó que:
Las bicicletas a las que se les instala un motor a combustión de manera artesanal están prohibidas.Las patinetas eléctricas son para entretenimiento no pueden ser usadas como medio de transporte.
Requisitos
SOAT: debe contratarse en cualquier compañía de segurosBrevete de Clase B2: los conductores de los referidos vehículos también deben contar con esta licencia de conducir B2, que puede obtenerse a partir de los 18 años de edad en la autoridad de transporte de su jurisdicción.Tarjeta de propiedad: se gestionan ante la Superintendencia Nacional de Registros Publicos (Sunarp).Placa: se puede tramitar ante la Superintendencia Nacional de Registros Publicos (Sunarp).Certificado de Inspección Técnica Vehicular (ITV) solo para L3: solo para motocicletas eléctricas, cada cuatro años.
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Multas
El Observatorio Nacional de Seguridad Vial del MTC informó que existen siete tipos de multas que oscilan desde los S/336 hasta los S/2.100.
Conducir sin brevete: S/ 2.100No contar certificado ITV: S/ 2.100Participar en competencias de velocidad no autorizadas: S/ 1.008Conducir sin placa: S/ 504Circular en sentido contrario: S/ 504No contar con póliza de seguro (SOAT): S/ 504Circular por ciclovías: S/ 336
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