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OJO CON MICAS DE POLARIZADAS O ESPEJADAS

Prohíben circular a dos en una moto: "Se ha impuesto la norma a los ciudadanos de bien, no a los delincuentes"

"¿Qué pasará con los que infringen la norma? Pueden se denunciados por desobediencia a la autoridad, que es un delito menor, con penas de 2 o 3 años de prisión suspendida", sostiene abogado penalista Andy Carrión.

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Motociclistas
Se analiza la presentación de un hábeas corpus o una demanda de incostitucionalidad para frenar "abuso". (Foto: Andina).
Fecha Actualización

Frente a la ola criminal que azota a Lima Metropolitana y Callao, el Gobierno de Dina Boluarte anunció un decreto supremo que prohíbe la circulación de dos personas en una motocicleta a partir de hoy 14 de abril en el marco de la ampliación del estado de emergencia en ambas jurisdicciones. Además, se ordenó que los conductores de dicho vehículo no usen elementos o accesorios adicionales al casco que impidan o limiten la visibilidad de sus rostros.

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José Luis Huamán, presidente de la Asociación Hermanos Motociclistas Unidos del Perú (AHMUP), rechazó la norma y dijo que se analiza la presentación de un hábeas corpus o una demanda de incostitucionalidad para frenar dicho "abuso".

Por su parte, el abogado penalista Andy Carrión analizó la norma y señaló que los motociclistas que incumplan lo dispuesto podrían ser denunciados por resistencia a la autoridad, pero, aclaró, que no se contempla sanciones de ningún tipo aquellos que no tengan antecedentes policiales.
 
"Es lamentable (lo dispuesto en el decreto supremo) en el marco del estado de emergencia. Se ha dado una vulneración de los derechos constitucionales. No nos da una alternativa de cómo resarcir a los afectados, por ejemplo, un familiar que lleva a otro al trabajo. Nos ponen una norma de restriccion que nos va afectar económicamente como si fuéramos culpables de actos delincuenciales. La norma está mal dada. Se ha impuesto la norma a los ciudadanos de bien, no a los delincuentes", declaró Huamán a Perú21

El vocero de los motociclistas advirtió que los delincuentes y criminales cometerán ahora sus actos ilícitos a bordo de autos o, mototaxis, u otros vehículos; en el peor de los casos, dijo, "profesionalizarán a los hampones a que uno solo cometa el crimen".

"La norma no acaba la delincuencia ni la previene; el delicuente se va a especializar en otras modalidades", alertó tras señalar su su asociación se opuso, desde el inicio, a la propuesta de la Defensoría del Pueblo.

En esa línea, anunció que los motociclistas están evaluando dos acciones: una social, a través de una marcha pacífica, y otra legal, con la presentación ante el Poder Judicial (PJ) de un hábeas corpus contra el decreto supremo o una acción de incostitucional ante el Tribunal Constitucional (TC).

"Estamos viendo su interponemos una acción legal, tenemos la alternativa de presentar un hábeas corpus. Si bien, el Estado está facultado a normar en estado de emergencia, estámos analizando la base legal del decreto supremo. Queremos ver las estadísticas y sus fundamentos. Si es un abuso, vamos a presentar un hábeas corpus o un acción de inconstitucionalidad".

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CASCOS CON MICAS POLARIZADAS O ESPEJADAS

Asimismo, Huamán hizo una observación respecto a que los conductores de las motocicletas no usen elementos o accesorios adicionales al casco que impidan o limiten la visibilidad de sus rostros.

"Si me hablas de adicional, como capucha o mascarilla, que impiden que se vea el rostro, lo entiendo, pero los motociclistas usamos bandanas y micas polarizadas o espejadas en los cascos, que no son elementos adicionales, pues vienen así de fábrica. La norma no está clara, va a haber problemas, quizá se cometan abusos; la recomendación para los motociclistas es tratar de ir con cascos con micas transparentes", indicó Huamán.

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Cascos espejados
Casos espejados. (Foto:Oskar García).

RETENIDOS EN COMISARÍAS

De acuerdo al DS 046-2025-PCM, la Policía Nacional del Perú, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, verificarán el cumplimiento de lo dispuesto y en caso se adviertan indicios de la comisión de un delito, los motociclistas serán conducidos a las dependencias policiales para realizar las investigaciones que correspondan conforme al marco normativo administrativo y penal correspondiente.

Se exceptúa del cumplimiento de la restricción a los agentes policiales, de las Fuerzas Armadas, del serenazgo municipal y del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú en ejercicio de sus funciones.

"¿Qué pasa si los motorizados que infringen la norma? Pueden se denunciados por desobediencia a la autoridad, que es un delito menor, con penas de 2 o 3 años de prisión suspendida; pero las personas no son perseguidas, ya que se trata de un delito leve. Los registrarán, retendrán en comisarías y soltarán, salvo estén implicados en un delito o lo están cometiendo en flagrancia" explicó el abogado penalista Andy Carrión.

El especialista subrayó que el dispositivo legal, tal como está establecido, "no habilita ningún tipo de sanción por el hecho de viajar de a dos en una motocicleta, pues se trata de una medida administrativa".

Finalmente, Carrión indicó que la norma sí podría tener un efecto, aunque mínimo, en la reducción de la cirminalidad." Claro que sí habrá efecto, simbólico, mínimo; pero no una reducción propia de la criminalidad, pues ahora van a hacerlo en auto, mototaxi. Se va redcuir un poco, ¿pero a costa de qué?", afirmó Carrión.
 

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