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SUCAMEC emitió 981 licencias de armas de fuego para realizar actividades de caza deportiva a nivel nacional
Uso de armas de fuego para caza de animales silvestres, sin autorización de SUCAMEC y SERFOR, está tipificado en los delitos de Tenencia Ilegal, así como Tráfico Ilegal de Animales.
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Un total de 981 licencias para caza deportiva fueron emitidas a nivel nacional por la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC), en el período de enero de este año hasta ahora. Así lo informó el titular de la entidad, Gral. PNP (r) Teófilo Mariño Cahuana.
El superintendente de la SUCAMEC explicó que la cifra indica que cerca del 11% de las licencias para el porte y uso de armas de fuego otorgadas han sido mediante modalidad de caza. De enero hasta hoy, se han entregado 9063 licencias de armas en diferentes modalidades.
“Quien se dedique a esta actividad debe tener licencias para portar armas de fuego en la modalidad L2, tarjeta de propiedad del arma, la licencia de caza emitida por el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR); así como contar con la autorización según el calendario regional de caza”, señaló.
Agregó que la SUCAMEC ha trabajado en los filtros para asegurar que se cumpla con los requisitos para adquirir una licencia en la modalidad de caza. “Nuestros procedimientos establecen estrictas pautas y lineamientos que tomamos en consideración antes de otorgar este tipo de licencias”, añadió.
Asimismo, refirió que las comunidades deben tener presente que está totalmente prohibida la caza en territorios no permitidos; y si no cuentan con autorización de SUCAMEC y SERFOR, estarían incurriendo en los delitos de Tenencia ilegal y Tráfico Ilegal de Especies Silvestres. Eso tiene pena privativa de la libertad de hasta 15 años.
En esa línea, recordó; que el tráfico de animales silvestres comienza por la caza furtiva, que conduce a todo tipo de actividades ilícitas. Es deber de todos evitar que este tipo de hechos ocurran o que queden impunes.
CÓMO OBTENER UNA LICENCIA DE CAZA EN EL PAÍS
El superintendente de la SUCAMEC, Gral. PNP (r) Teófilo Mariño Cahuana; recordó que está prohibido utilizar un arma de fuego en una modalidad distinta a la autorizada por la SUCAMEC. “Si un usuario desea usar su arma para realizar la actividad de caza deportiva, necesita tramitar la licencia en la modalidad de caza o también conocida como L2", añadió.
Explicó que primero se debe realizar el pago de S/. 41.00, en cualquiera de las agencias del Banco de La Nación o a través del servicio Págalo.pe, indicando el número de DNI o carnet de extranjería. También se debe obtener un certificado de salud psicosomático emitido por cualquier centro de salud registrado tanto por la SUCAMEC como por la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD).
Luego se debe registrar la solicitud en la Ventanilla Virtual de la Plataforma SEL de la SUCAMEC, con los requisitos escaneados y firmados.
Luego del registro del trámite, el usuario podrá programar su cita para la evaluación teórica-práctica; y luego de efectuada la prueba, en 21 días recibirá un mensaje con el resultado final.
DATO:
Los delitos de Tenencia ilegal y Tráfico Ilegal de Especies Silvestres son sancionados con una pena privativa de la libertad de hasta 15 años.
Más información: https://bit.ly/3Lq2tSA
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