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Poder Judicial reconoce matrimonio civil homosexual de Susel Paredes

El Décimo Primer Juzgado Constitucional resolvió declarar fundado el proceso de amparo tras rechazo de Reniec por inscribir su matrimonio en el Estado Civil.

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Susel Paredes afirmó que con “exdelincuentes no se combate la delincuencia”, y por ello la Municipalidad de La Victoria procedió con el despido de un grupo de serenos. (GEC)
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Susel Paredes afirmó que con “exdelincuentes no se combate la delincuencia”, y por ello la Municipalidad de La Victoria procedió con el despido de un grupo de serenos. (GEC)
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La gerenta de Fiscalización de La Victoria, Susel Paredes, explicó que su área se encargó de verificar si los comercios cuentan con licencias de funcionamiento y los permisos de Defensa Civil (Fotos: Difusión)
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Susel Paredes clausura iglesia cristiana en Gamarra
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George Fosyth denuncia que ex sereno amenazó a gerenta Susel Paredes (Foto: Municipalidad de La Victoria)
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Susel Paredes es la gerenta de Fiscalización de La Victoria y pieza clave en la operación contra el comercio ambulatorio en Gamarra. (Foto: El Comercio)
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Susel Paredes afirmó que con “exdelincuentes no se combate la delincuencia”, y por ello la Municipalidad de La Victoria procedió con el despido de un grupo de serenos. (GEC)
Fecha Actualización
Un paso más hacia la igualdad. El Décimo Primer Juzgado Constitucional reconoció el matrimonio civil homosexual de la Gerenta de Fiscalización de la Municipalidad de La Victoria, Susel Paredes y su pareja Gracia Aljovín, tras resolver fundado su proceso de amparo promovido. 
¿QUÉ FUE LO QUE PASÓ?
Susel Paredes y su pareja se casaron por civil durante su viaje a Miami (Estados Unidos) el cuatro de agosto de 2016 y a su regreso al país, con partida de matrimonio en mano solicitaron al Registro Nacional de Identificación y Estado civil (Reniec) su inscripción, pero fue rechazada. 
Pese a los argumentos que adjuntaron en un documento elevado a Reniec, la institución rechazó la solicitud mediante la Resolución N° 303-2017-GOR/JR10Lim/ORLIMRENIEC del 06 de febrero de 2017. 
Es ahí que se expresa el artículo 2347 del Código Civil que prescribe que "el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer, y al ser la de las solicitantes la unión concertada de dos mujeres, no es eficaz". Otro argumento que utilizó Reniec fue el de que si bien es válida la unión en el país norteamericano, "no lo es en el territorio peruano".
Como respuesta, el El Décimo Primer Juzgado Constitucional respondió que "aún cuando el Código civil es una norma cronológicamente anterior a la Constitución vigente, debe observarse que tanto la actual Constitución, como la de 1979, en este extremo de la diferencia de sexos de los contrayentes, no hace precisión alguna". 
La constitución actual, entonces no restringe de forma expresa ni tácita el matrimonio entre personas del mismo sexo.