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Este es el nuevo horario del Metropolitano y Línea 1 del Metro de Lima tras reducción del toque de queda
La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) estableció nuevos horarios para los servicios de transporte público en Lima y Callao desde el martes 18 de enero, tras el anuncio del Gobierno de reducir el toque de queda y que solo esté vigente de medianoche a las 4 a.m., en el contexto de la tercera ola del coronavirus (COVID-19).
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La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) estableció nuevos horarios para los servicios de transporte público en Lima y Callao desde el martes 18 de enero, tras el anuncio del Gobierno de reducir el toque de queda y que solo esté vigente de medianoche a las 4 a.m., en el contexto de la tercera ola del coronavirus (COVID-19).
En un comunicado, la entidad detalló que el servicio en el Metropolitano se brindará de lunes a sábado de 5:15 a.m. a 10:30 p.m. en la ruta troncal, y hasta las 11:30 p. m. en sus servicios alimentadores. Los domingos la atención será de 5:15 a.m. a 10 p.m. en la ruta troncal y hasta las 11 p. m. en sus servicios alimentadores. La ATU remarcó que las estaciones y terminales cerrarán sus puertas a las 10:30 p.m.
En el caso de la Línea 1 del Metro de Lima, la atención será de lunes a sábado de 5 a.m. a 10 p.m. y los domingos de 5:30 a. m. a 10 p. m. Respecto a los Corredores Complementarios, los buses circularán operarán de lunes a domingo de 5 a. m. a 10:30 p.m., con sus servicios habituales.
El servicio de transporte regular en Lima y Callao atenderá en el horario de lunes a domingo de 4:30 a. m. a medianoche. El servicio de taxi autorizado por ATU podrá funcionar las 24 horas del día. Entre las 12 a. m. y 4 a. m. se podrá trasladar a las personas que presten servicios esenciales y cuenten con su pase laboral o credencial de su centro de trabajo vigente.
También se podrán movilizar durante el toque de queda las personas que necesiten atención médica o aquellos que se dirijan al aeropuerto portando su boleto aéreo.
La ATU advirtió que los operadores de transporte público, conductores y cobradores, así como los choferes de los servicios especiales de taxi, transporte de personal y turístico deberán acreditar su vacunación completa (dos dosis) para poder brindar el servicio. Asimismo, a partir del 23 de enero, los operadores (conductores y cobradores) mayores de 50 años deberán contar con la dosis de refuerzo.
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