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Cadena perpetua por usar niños en bandas

Publican en El Peruano normas que buscan mejorar la lucha contra el crimen organizado.

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Fecha Actualización
Desde hace un tiempo, las más temidas bandas utilizan a niños o a adolescentes para cometer diversos crímenes con aparente impunidad.

Sin embargo, esta situación cambiará drásticamente pues, a partir de ahora, los hampones que empleen a menores de edad para cometer cualquier clase de extorsión serán sancionados con la pena máxima de cadena perpetua.

Del mismo modo, los integrantes de organizaciones criminales que usen a niños o a adolescentes para cualquier tipo de delito –entre ellos el sicariato– recibirán hasta 35 años de prisión.

Así lo establecen dos normas publicadas ayer y el lunes en El Peruano, las cuales buscan endurecer las penas, mejorar la investigación policial y acabar con los beneficios penitenciarios de los más avezados delincuentes.

Las leyes también otorgan facultades para la interceptación postal y la intervención de las comunicaciones, entre otras técnicas especiales de investigación criminal que tengan como fin perseguir a una banda delincuencial.

Otro aspecto que destaca es la figura del agente encubierto, quien podrá emplear una identidad falsa y hacer uso de bienes de carácter delictivo –es decir, drogas, armas ilegales u otros objetos– para la lucha contra el hampa. Desarrollará acciones de Inteligencia y Contrainteligencia. Para esto, deberá contar con la autorización del Ministerio Público.

También se elimina el beneficio que tenían los menores infractores de abandonar el centro de reclusión al cumplir los 21 años de edad. Según José Luis Medina, asesor legal del Ministerio de Justicia, ahora estos deberán cumplir toda su condena.

"Por ejemplo, si un joven comete un ilícito a los 17 años, deberá permanecer en prisión hasta que cumpla sus cinco años de internamiento, pena máxima que se aplica a los menores. Es decir, hasta que tenga 22 años", recalcó.

PRECISIONES En el caso particular de la Ley contra el Crimen Organizado, esta define a las organizaciones criminales como "cualquier agrupación de tres o más personas" que, de manera coordinada, comete alguno de los 21 delitos graves indicados en esta norma. Entre ellos figuran la violación, la pornografía infantil, los delitos informáticos, el 'marcaje' o 'reglaje', el lavados de activos, entre otros.

Igualmente, precisa algunos agravantes, como ser cabecilla de la banda, agente financista de la organización o funcionario público, emplear a menores de edad, usar a personas inimputables y emplear armas de guerra.

En todos estos casos, el juez puede aumentar la pena hasta en una tercera parte por encima del máximo legal fijado por la ley, con un límite máximo de 35 años de cárcel.

Del mismo modo, elimina los beneficios penitenciarios para peligrosos maleantes y determina que el INPE cree una base de datos sobre la situación legal de los implicados y condenados por esos delitos.

SABÍA QUE

- La Ley contra el Crimen Organizado establece 60 días como plazo para la investigación policial.

-Para el abogado penalista Julio Rodríguez, este paquete de medidas no ayudará a reducir la criminalidad.

- Desde su punto de vista, agravar las penas solo contribuye a tener una sociedad más violenta.

- Rodríguez afirma que la mejor opción es trabajar en políticas sociales.