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¿Cuál es el propósito de Osinergmin y Sunat?
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Hasta cinco mil quinientas UIT de multa de Osinergmin por declarar mal o equivocarse en una declaración jurada para el sector formal de hidrocarburos, sin posibilidad de reducción alguna, aun cuando el formato, en sí mismo, esté mal estructurado y no permita en algunos casos la alternativa “no aplica”.
Osinergmin tiene una estructura de cobranza más eficaz que la SUNAT, fiscaliza solo a las empresas bien constituidas y a las que puede esquilmar. No pierde su tiempo en fiscalizar a las pequeñas o medianas empresas, similares a la que ocasionó la desgracia de la gran deflagración de camión de GLP, pudiendo y debiendo hacerlo luego de aprobar sus declaraciones juradas sobre los estándares de sus camiones.
No es culpa del sistema normativo de Osinergmin, es la ociosidad y el facilismo lo que invadió a dicho organismo y no permitió a su personal técnico ni a sus terceros contratados ejecutar controles posteriores de las declaraciones juradas de “aprobación automática” de permisos de camiones de GLP, a pesar que el “Principio de Privilegio de Controles Posteriores” de la Ley de Procedimiento Administrativo General (LPAG) le otorga el derecho y la obligación a Osinergmin para proceder con la debida fiscalización.
Y entonces cabe preguntar: ¿La restructuración del Osinergmin llevará a su plana intermedia a conocer la LPAG o solo voltearán normas, cambiando cabezas y fachadas? Osinergmin tiene cinco ISOS, ¿No hubo una sola persona en dicho organismo que haya visto que no bastaba con regular a las empresas bien constituidas, y que era necesario fiscalizar los negocios que pueden ocasionar grandes catástrofes como la ocurrida en Villa el Salvador?
Parecería que el propósito de SUNAT y Osinergmin solo es recaudar fácil de los de siempre. La única gran diferencia es que la inacción de Osinergmin genera muertos, la de SUNAT, desigualdad ante la ley y menor recaudación.
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