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Editorial: La acusación sigue en pie

El martes último el Tribunal Constitucional declaró fundado un hábeas corpus que presentó la defensa del presidente Pedro Castillo contra el procedimiento de traición a la patria que se le seguía en el Congreso. Un fallo ciertamente previsible pues la fundamentación de los parlamentarios era más que endeble.

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El martes último el Tribunal Constitucional declaró fundado un hábeas corpus que presentó la defensa del presidente Pedro Castillo contra el procedimiento de traición a la patria que se le seguía en el Congreso. Un fallo ciertamente previsible pues la fundamentación de los parlamentarios era más que endeble.
La acusación, como se sabe, se basaba en el ofrecimiento verbal de una salida al mar para Bolivia por territorio peruano, realizada por el mandatario durante una entrevista con la cadena televisiva estadounidense CNN. Un argumento que resultó insuficiente para los jurisconsultos del TC.
Pero para demostrar que en el país se respeta el estado de derecho y que no es precisamente el Congreso de la República el que busca quebrarlo, los propios legisladores que promovieron la acusación –y a quienes se sumaron otras bancadas opositoras en el hemiciclo– hicieron un llamado a acatar el veredicto de los tribunos.
Pero ese gesto democrático, que era lo que correspondía, en modo alguno debe implicar que la denuncia constitucional planteada contra Castillo en el Parlamento, presentada por la fiscal de la Nación, se paralice o caiga en saco roto.
Nos referimos a un proceso que debe seguir su curso sin interrupciones ni cortapisas, pues es esencial para el saneamiento de los poderes que actualmente definen el rumbo del país. Recordemos que la documentación presentada por la fiscalía incluye hasta 190 elementos de convicción que involucran al presidente en una red criminal –coimas y tráfico de influencias para adjudicar contratos de obras públicas– extendida a distintos ámbitos del aparato del Estado.
A este proceso es que deben abocarse los legisladores, determinando, para empezar, cómo darle celeridad sin salirse del marco constitucional y respetando los lineamientos de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Corrupción. Así el famoso artículo 117 de la Carta Magna no podría ser invocado como último recurso de blindaje una vez que los delitos sean comprobados.