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[Opinión] Francisco Miranda: “La veda de anchoveta: una medida para todo el sector”

“El concepto de pesca artesanal está distorsionado en la legislación peruana, no solo por razones políticas, sino también por intereses específicos de grupos que no son realmente pescadores artesanales”.

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Fecha Actualización
Por Francisco Miranda Ávalos, presidente del consejo directivo ONG OANNES
Las vedas reproductivas son un periodo de tiempo durante el cual está prohibida la captura y extracción de ciertas especies; y se implementan para proteger y garantizar la sostenibilidad de los recursos, permitiendo que se reproduzcan y se recuperen de manera adecuada.
Algunas razones para respetar una veda reproductiva:
1. Los peces suelen congregarse en áreas específicas para desovar y reproducirse. Si se les captura durante este periodo, se reduce la presencia de peces adultos que podrían asegurar el éxito de la reproducción y la supervivencia de los individuos más jóvenes, asegurando a largo plazo su supervivencia.
2. Las especies que se protegen, deben reproducirse sin interferencias durante la veda, dando oportunidad para que se produzca una mayor cantidad de huevos y larvas, contribuyendo a la repoblación y regeneración de las especies; así como mantener el equilibrio de los ecosistemas.
4. Las vedas reproductivas ofrecen beneficios económicos a largo plazo para los pescadores y la industria pesquera, permitiendo a los ecosistemas recuperarse del esfuerzo pesquero y a los pescadores obtener ingresos sostenibles.
Por ello, las vedas reproductivas son esenciales para conservar y proteger las poblaciones de peces. Y son dictaminadas como consecuencia de una evaluación cuidadosa y evidencia científica. Para establecer las vedas los científicos han realizado diversas actividades previas:
1. Un seguimiento constante de las poblaciones de la especie, usando métodos como el muestreo de capturas, la observación directa en el campo o el análisis de datos de pesca.
2. Investigación y recopilación de información sobre la biología y el ciclo reproductivo de la especie, así como determinar la ubicación de áreas de reproducción, la temporada de reproducción, la edad y tamaño de madurez sexual, la fecundidad y otros aspectos relevantes de su proceso reproductivo.
3. Se evalúa si la extracción de individuos supera su capacidad de reproducción y recuperación, lo que podría poner en riesgo la sostenibilidad de la biomasa y se somete a debate con los expertos para determinar las medidas de conservación necesarias.
6. Una vez que se ha determinado la necesidad de una veda reproductiva, se establece la regulación correspondiente. Esto implica definir las fechas y áreas de la veda, así como las restricciones de pesca específicas.
La decisión de permitir la pesca de una especie pelágica dentro de ciertas áreas, como las 5 millas, mientras se establece una veda para otros pescadores, podría considerarse como una estrategia de manejo específica que busca equilibrar la conservación de la especie y el sustento económico de los pescadores artesanales.
Sin embargo, el esfuerzo pesquero artesanal, que normalmente implica el uso de métodos de pesca tradicionales y de bajo impacto, no es tal, porque nuestra legislación considera como pescador artesanal a otros grupos de pescadores, que no necesariamente practican una pesquería de bajo impacto.
El concepto de pesca artesanal está distorsionado en la legislación peruana, no solo por razones políticas, sino también por intereses específicos de grupos que no son realmente pescadores artesanales.
Bajo la sombrilla de “pescadores artesanales” y dentro del marco de una normativa perversa, un importante grupo de pescadores practica la pesca de anchoveta, incluso durante los periodos de veda, a vista y paciencia de los pescadores industriales ultra regulados y de las autoridades, con la excusa de que esa materia prima será dirigida al consumo humano directo (CHD), pero gran parte de estas capturas van a parar a otro lado.
La regulación pesquera contiene un incentivo perverso para producir grandes volúmenes de harina de pescado ilegal, al permitir que los pescadores hagan sus faenas sin algún sistema de refrigeración o conservación, permitiendo un descarte desde la llegada al puerto del 40% de la materia prima capturada por “daño mecánico”, facilitando el abastecimiento de diversas plantas de producción de harina de pescado residual, de re-aprovechamiento o simplemente terrenos donde se extiende la anchoveta para su secado al sol de forma ilegal.
Tan importante como definir adecuadamente lo que es un “pescador artesanal”, hoy lo es que las vedas sean cumplidas por todos los pescadores y no solo por un grupo de ellos.
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