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El Congreso cerró la legislatura con una actividad febril. Lamentablemente, prisa y calidad no suelen ir de la mano. Tal es el caso del “nuevo” Código Procesal Constitucional, observado por el presidente y aprobado por insistencia parlamentaria. No crea por su nombre que es una ley que interesa solo a los abogados. Se trata de una de las más importantes. Regula los instrumentos que garantizan que los derechos sean efectivos y la Constitución se respete. Su reforma deja un saldo preocupante.
Sintetizo tres de las múltiples falencias detectadas por la observación:
1. Sobrecarga: impide que los jueces rechacen de plano demandas manifiestamente improcedentes, obligando a trámites innecesarios e inútiles. Se dice que el cambio es porque “en los últimos tiempos se ha podido observar una escasa o casi nula protección de los derechos”. Afirmación llamativa que no cuenta con estudio que la respalde.
2. Colapso inminente: cambia al juez que ve los hábeas corpus. En Lima esto implicará que 13 jueces constitucionales asuman la carga que antes iba a 40 jueces penales. No da un plazo para que el Poder Judicial se adapte.
3. Permite abusos: regula como inapelable la actuación inmediata de sentencias de primera instancia. Con este cambio, por ejemplo, no se habría podido revertir con rapidez los efectos del hábeas corpus irregular que benefició a Vladimir Cerrón. Se mantendrían hasta una decisión del TC (años). Puede generar conmoción en casos vinculados a terrorismo, narcotráfico o corrupción.
Es una lástima que los congresistas no tomaran en serio la observación presidencial pese a que proponía alternativas para superar los problemas. Ignorando las advertencias del TC sobre una debida deliberación, y tratando a la observación como un capricho y no como propia del equilibrio y colaboración entre poderes para lograr mejores normas, se exoneró su discusión en comisiones, precipitando así la insistencia ante el Pleno. Mal legado para una ciudadanía que necesita instrumentos efectivos para corregir los excesos del poder.
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