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Censo 2017: ¿Dónde está publicada la política de protección de datos del INEI? [ENTREVISTA]
El Perú desde el 3 de julio de 2011 tiene una ley que se denomina Ley de protección de datos personales. Esta indica claramente que pueden y que no pueden hacer las entidades con respecto a dicha información.
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El convenio firmado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) con diferentes instituciones privadas durante el Censo 2017 ha generado un debate en la opinión pública a raíz de la información que se facilitaría a las empresas incluidas en el contrato.
Perú21 conversó con el abogado Erick Iriarte para que nos esclarezca la polémica que se ha desatado.
“El Perú desde el 3 de julio de 2011 tiene una ley que se denomina Ley de Protección de Datos Personales. Esta ley que es de desarrollo constitucional establece claramente qué pueden y qué no pueden hacer las entidades con respecto a los datos de las personas, incluyendo las actividades como el censo”, señala.
LA IMPORTANCIA DEL ANONIMATO
“Cuando tú realizas un censo estableces pautas de cómo vas a gestionar la información. La presunción de todo censo es que debe ser anónimo para que no se utilice la información, por ejemplo, de carácter médico o de cualquier tipo para afectar a una persona, a ese proceso se le llama anonimización”, explica Iriarte.
“Cuando tú realizas un censo estableces pautas de cómo vas a gestionar la información. La presunción de todo censo es que debe ser anónimo para que no se utilice la información, por ejemplo, de carácter médico o de cualquier tipo para afectar a una persona, a ese proceso se le llama anonimización”, explica Iriarte.
Lo que significa que la entidad que recolecta los datos los tiene que convertir en anónimos para hacerlos públicos y transmitirlos a terceros.
“A la fecha el INEI no ha mostrado qué políticas de datos tiene o qué políticas tiene para gestionar la información”, señaló.
“El problema es que cuando firma un convenio como el de la Universidad César Vallejo (UCV) donde se va a hacer entrega de toda la base de datos, no especifica si la base de datos se refiere a la que va a ser pública porque si fuera la base pública no hay necesidad de hacer un convenio dado que cualquiera puede acceder a ella”, cuestiona.
“La única que podría entregar por convenio, que tendría alguna lógica, sería la base completa con los datos personales y en ese momento se viola ley”, subrayó.
Pero de ser así, ¿cuál es la multa que recibiría el INEI con dicho accionar? El abogado Erick Iriarte lo detalla.
-La autoridad de datos personales está dentro del Ministerio de Justicia, por lo que puede recibir una multa de hasta 100 UIT por dato mal gestionado. Finalmente eso lo establecerá la autoridad de datos personales.
¿Qué acción era la más recomendable para evitar toda esta situación?
-No se debió hacer un convenio en la medida que los datos anonimizados tienen que ser de libre acceso por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ALERTA
El abogado advirtió sobre el riesgo de ofrecer toda la información a empresas privadas: “El que tenga la información sobre la geolocalización de individuos, sabiendo sus preferencias, sabiendo sus tendencias políticas, sus enfermedades, grado de educación, puede vender desde productos directamente tarjetizados hasta un flujo de información que pueda servir para campañas con fines políticos”.
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