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Informe.21: Detectan tres fallas en la Ley de Alimentación Saludable

Una reciente investigación de Contribuyentes por Respeto analizó los puntos débiles en la norma.

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Fecha Actualización
La cantidad de personas con sobrepeso y obesidad en el mundo crece sostenidamente. Esto ha impulsado a la Organización Mundial de la Salud (OMS) a calificar este proceso como epidemia. El problema con la obesidad es que incrementa el riesgo de sufrir diversas enfermedades crónicas que con el tiempo incrementarían el gasto de los estados en sus sistemas de salud pública.
En el Perú, el 36% de las personas de más de 15 años presenta sobrepeso y el 18% sufre de obesidad, según datos del INEI; y el 18% y 11% de niños de 6 a 9 años tienen sobrepeso y obesidad, respectivamente, según la Dirección de Nutrición del Ministerio de Salud.
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Una de las causas de este fenómeno, en el Perú y en el mundo, sería la creciente ingesta de alimentos calóricamente densos: altos en (i) grasas saturadas, (ii) azúcares y (iii) sodio.
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Dada esta situación, en mayo de 2013 se promulgó la Ley N° 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable; y en junio y agosto de 2017, respectivamente, su Reglamento y Manual de etiquetado para alimentos procesados empacados. Una reciente investigación de Contribuyentes por Respeto (CpR) detectó tres puntos débiles en dicha ley.
Sistema de advertencias
En primer lugar, la ley peruana usa un enfoque de advertencias de tipo “alto en”, en lugar de utilizar “bajo en”, como lo sugiere el Codex (OMS). Esto generaría “puntos ciegos” para identificar qué alimentos son “buenos” para preservar la salud. Solo se orientaría la decisión hacia lo que debe evitarse.
Por ejemplo, en cuanto al sodio en alimentos sólidos, existe un tramo ciego entre un producto que contiene 400 mg de sodio por cada 100 g (“alto en”, según la ley) y otro que contiene 120 mg por cada 100 g (“bajo en”, según la OMS). Los productos que superen los 120 mg, pero estén por debajo de los 400 mg podrían ser considerados “dañinos” por más que sean opciones saludables.
En segundo lugar, las advertencias no serían aplicables a alimentos y bebidas también calóricamente densos pero no sometidos a procesos de industrialización, como churros, hamburguesas, un plato de lomo saltado, o jugos que, aunque naturales, contienen altas cantidades de azúcar.
Cantidades referenciales
En tercer lugar, la unidad de medida para etiquetar alimentos se fijó en 100 miligramos y 100 mililitros, según sean sólidos o líquidos. El detalle es que muchas veces las porciones que consumimos son menores a los 100 mg/ml. Así, no usar un etiquetado basado en porciones podría generar confusión.
Por ejemplo, la salsa de soya contiene 5,600 mg de sodio por 100 ml, superando ampliamente el umbral legal de 400 mg. Sin embargo, la porción que usualmente se consume es de 5 ml (equivalente a una cucharadita); y esta solo contiene 230 mg de sodio. Nadie consume la botellita de sillao entera.
Hábitos alimenticios
Finalmente, si el 80% de consumidores peruanos come fuera del hogar y opta por restaurantes o cadenas de comida rápida, según Arellano Marketing; y el 67% de ellos cree que la comida al paso “no hace daño” (McCann Worldgroup); CpR considera necesario extender el alcance de la norma –al menos de manera voluntaria y con incentivos– a establecimientos de comida rápida o preparada.
Sabía que
- La población masculina está menos interesada, en comparación con la femenina, en el uso de información nutricional.

- Las personas menores de 15 años y mayores a 50 años son reacias a utilizar la información nutricional.

- El 40% de peruanos declara seguir una dieta saludable y el 58% manifiesta que el tema le preocupa “poco” o “nada” (Datum).

- En Chile, con la misma regulación, solo el 31% de consumidores lee la información nutricional y un tercio de ellos la entiende.