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Abogado Cairo sobre fallo del TC en el caso JNJ: Inés Tello “no está obligada” a acatar la destitución

Señala que la magistrada puede seguir ejeciendo sus labores en la Junta Nacional de Justicia. Esto, porque aún falta que la Corte Suprema resuelva la apelación de una medida cautelar.

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Fecha Actualización
Podría seguir ocupando su cargo en la Junta Nacional de Justicia (JNJ). El abogado de Inés Tello, Omar Cairo, señaló que su defendida “no está obligada” a acatar el fallo del Tribunal Constitucional (TC), que reactiva la destitución e inhabilitación de ella y de Aldo Vásquez de dicha institución, como lo dispuso el Congreso.
“No está obligada (a acatar el fallo que remueve a Tello y Vásquez de sus cargos de la JNJ). No sé (si lo va a acatar). Mi opinión técnica es que no está obligada (a hacerlo)”, dijo a Perú21.
“Este fallo no está dirigido —explicó Cairo— a la doctora Inés Tello. No hay ninguna orden a ella. En tanto el Poder Judicial (la Corte Suprema) no deje sin efecto la medida cautelar (que ordenó suspender la destitución de los dos magistrados aprobado en el Congreso); y la resolución tres, que dice que la apelación suspende la medida cautelar (interpuesta por el Congreso), entonces todo siguel igual”.
En la sentencia publicada ayer en la noche, a la que accedió Perú21, se concluye que por esta medida al advertir que existe una apelación interpuesta por el Parlamento contra la resolución que favoreció a Tello y Vásquez.
El fallo alerta, además, que existe un posible conflicto de interés ya que uno de los jueces de la Corte de Justicia de Lima que votó a favor de conceder el recurso de amparo de Vásquez y Tello espera por ser ratificado por la JNJ. Se trata de Oswaldo Ordoñez. Esa situación fue revelada por este diario.
El fallo del TC se da luego de que el Poder Legislativo interpusiera una medida cautelar para revertir la reposición de Aldo Vásquez e Inés Tello, quienes fueron destituidos con los votos requeridos.
El Poder Judicial tiene competencia para confirmar si los miembros de la JNJ continúan o no en sus puestos, señala otra parte del fallo. Por esa razón, solo suspendió los efectos de la resolución en primera instancia hasta que la Corte Suprema decida si admite o no la apelación interpuesta por el Parlamento.
Los magistrados que se opusieron al recurso presentado por el Congreso fueron Manuel Monteagudo y Helder Domínguez Haro.
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