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Buscan que socias de Odebrecht respondan por los daños civiles

La defensa del Estado afirma que Graña y Montero, JJ Camet e ICCSA son responsables solidarias.

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Fecha Actualización
La situación de las empresas socias de Odebrecht se complica. Esta semana, la Procuraduría ad hoc del caso Lava Jato presentará un pedido ante el juez Richard Concepción Carhuancho para incluir como “tercero civil responsable (TCR)” a Graña y Montero, JJ Camet e ICCSA en el proceso penal en el que se investigan los actos de corrupción en la concesión del proyecto Interoceánica Sur, tramos 2 y 3.
Esto permitirá cobrarles la reparación civil por los daños causados al Estado. Perú21 conversó con el equipo de la Procuraduría Ad Hoc sobre esto y más.
Responsables del daño
Desde que empezó la gestión del nuevo procurador ad hoc, Jorge Ramírez, en agosto, el trabajo que han realizado en la Procuraduría se ha mantenido en silencio. Buscaban evitar interferencias mediáticas en las decisiones de los jueces. Pero hoy aseguran tener resultados positivos que comunicar.
La Procuraduría defiende al Estado, pero no persigue el delito. Eso solo lo puede hacer el fiscal. Su rol es buscar la reparación civil del daño patrimonial y extrapatrimonial (imagen, honor) causado al Estado, principal víctima de los delitos de corrupción.
En los casos de Lava Jato, por más que fueron personas naturales las que actuaron, lo hicieron a “nombre de” o “subordinados” a una empresa que, producto de una concesión ilícita, salió beneficiada.
El daño cometido por los imputados, sin embargo, puede repararlo también la empresa detrás. Pero para cobrarle esta reparación, debe ser incluida como TCR en un proceso judicial. Esto para la Procuraduría ad hoc es clave, pero desconoce por qué la gestión anterior no lo hizo, más que en un caso (IIRSA-Línea 1 Metro).
Esa es su estrategia y ya el Poder Judicial les ha dado recientemente la razón en dos pedidos presentados para incluir a Odebrecht en los casos vía Costa Verde del Callao y la vía Evitamiento de Cusco.
En palabras del procurador Ramírez, estos “precedentes marcan un hito” porque fortalecen los actuales y futuros pedidos al juez para incluir a empresas brasileñas y a sus socias. Sobre estas últimas, reiteró que “al beneficiarse de un acto ilícito, su responsabilidad es solidaria”.
Para que las socias respondan, debe probarse un vínculo con el imputado y que este último causó un daño “en su nombre”. El vínculo no tiene que ser formal y puede, según Ramírez, establecerse con el representante de un consorcio.
En el caso del Cusco, de acuerdo a los argumentos del juez, Gustavo Salazar, Jorge Acurio, Francisco Zaragozá, sin ser trabajadores de Odebrecht, tenían una relación “de subordinación de hecho” con la empresa brasileña para concretar el soborno.
“Esta resolución judicial dice que hay un deber de garante de controlar las actividades de riesgo y si una empresa se benefició del daño, deben responder”, señala Ramírez. Dice que la doctrina respalda su argumentación.
Barata
Recientemente la situación jurídica de Jorge Barata, ex representante de Odebrecht en el Perú, cambió de ser “investigado” a solo “aspirante a colaborador”.
Barata fue excluido del proceso penal que investiga también al ex presidente Alejandro Toledo, por las presuntas coimas realizadas por Odebrecht en la concesión de la Interoceánica, obra en la que participaron las referidas socias.
La Procuraduría ad hoc critica esta decisión del Ministerio Público y, por eso, ha presentado un pedido de nulidad al fiscal Hamilton Castro y ha sido comunicado al juez Concepción Carhuancho.
“No se ha terminado el proceso de colaboración (de Barata) y se le ha excluido sin pedir permiso al juez; se está violando la legalidad procesal”, explica la procuradora adjunta, Silvana Carrión.
Para Ramírez, Castro es una persona íntegra, pero no comparte su decisión. Por eso, ha solicitado al fiscal una medida cautelar para evitar que Jorge Barata disponga libremente de sus bienes.
“Hemos pedido también acceder a la colaboración eficaz y solicitar que se precise un plazo para este procedimiento porque no puede ser ad infinitum”, agrega.
DU 003-2017
Para cobrar la reparación civil, hay que fijar el monto y asegurarse que las empresas involucradas en actos de corrupción no dispongan libremente de sus bienes.
Esto último persigue, en parte, el DU 003-2017 y ahora, una reciente modificación del Congreso, someterá a las consorciadas a un régimen de retención de sus utilidades para asegurar la reparación civil.
Consultado sobre el cálculo de los montos, el procurador adelantó que se estimarán obra por obra, pero la última palabra del pago la tendrá finalmente un juez.
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