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Advierten denuncias penales si la Permanente se excede

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Los miembros de la Comisión Permanente que aprueben reactivar la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales podrían ser denunciados por el presunto delito de “usurpación de funciones”, según manifestó a Perú21 el constitucionalista Luciano López.
El abogado explicó que, de acuerdo al artículo 135 de la Constitución, el grupo que preside Pedro Olaechea “únicamente” puede “examinar” los decretos de urgencia que emita el Ejecutivo durante la disolución del Congreso (interregno parlamentario).
La posición de la mayoría de los integrantes de la Permanente; sin embargo, es opuesta. El pasado viernes, aprobaron pedir un informe externo para definir sus facultades y de la subcomisión a pedido de Mario Mantilla (FP), quien sostuvo que el artículo 42 del Reglamento del Congreso los faculta a mantener sus “funciones constitucionales” durante el interregno.
No obstante, López subraya que una norma del Parlamento “no puede estar por encima” de la Carta Magna.
Una postura distinta tiene el abogado Aníbal Quiroga. Según nos manifestó, el decreto de disolución del Parlamento no alcanza a la Permanente y, “por defecto”, este grupo de trabajo “se queda con todas sus facultades, que van más allá de revisar los decretos”.
“Si se leen de forma conjunta los artículos de la Constitución (134 y 135) y las otras normas (del Reglamento del Congreso), sí correspondería que la subcomisión sesione, pero no para realizar blindajes”, puntualizó el letrado.
“No nos preocupa”
Esta consulta externa no es el único tema pendiente de la Permanente. También esperan la decisión del Tribunal Constitucional (TC) sobre la demanda competencial interpuesta contra la disolución.
Precisamente sobre ello, el premier Vicente Zeballos dijo ayer que “no estamos preocupados” por el pronunciamiento. “Somos respetuosos de la autonomía y somos conscientes del marco constitucional de nuestros actos”, expresó.