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Congreso aprobó en segunda votación proyecto que establece requisitos para nombrar ministros y viceministros
El pleno del Congreso aprobó este jueves, en segunda votación, el proyecto de ley que establece requisitos para el nombramiento de ministros y viceministros. La decisión se tomó por 75 votos a favor y 43 en contra. En diciembre del año pasado, la iniciativa se había aprobado por mayoría en primera votación.
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El pleno del Congreso aprobó este jueves, en segunda votación, el proyecto de ley que establece requisitos para el nombramiento de ministros y viceministros. La decisión se tomó por 75 votos a favor y 43 en contra. En diciembre del año pasado, la iniciativa se había aprobado por mayoría en primera instancia.
De esta manera, se establecieron requisitos para asumir los cargos de ministros y viceministros de Estado, además de modificaciones sobre las atribuciones del Consejo de Ministros y las funciones de su titular.
Quien ocupe el cargo de ministro no debe contar con sentencia condenatoria en primera instancia, en calidad de autor o cómplice, por delito doloso, ni estar inhabilitado para ejercer cargo público.
Con 75 votos a favor y 43 en contra, el #PlenoDelCongreso aprueba, en segunda votación, el texto sustitutorio de los proyectos de ley 5, 37 y otros. pic.twitter.com/lAhrsX2V8g
— Congreso del Perú ???? (@congresoperu) January 13, 2022
Además la resolución suprema de nombramiento deberá incluir como anexo la declaración jurada del nombrado, donde deberá constar las investigaciones fiscales, procesos judiciales y procedimientos administrativos en el que está o estuvo incurso.
La iniciativa también establece que no pueden ser nombrados ministros quienes, conforme a la normativa vigente, se encuentren con investigación fiscal preparatoria o siendo procesados ante el Poder Judicial por delitos de terrorismo, crimen organizado, tráfico ilícito de drogas, corrupción de funcionarios o violencia familiar.
Finalmente, se agrega que “no pueden ser nombramos presidente del Gabinete Ministerial o titulares de carteras de Interior ni Defensa, quienes conforme a la normativa se encuentren con acusación fiscal o estén siendo juzgados ante el Poder Judicial por delitos de terrorismo o tráfico ilícito de drogas”.
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