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Renovación Popular propone que peruanos en el exterior tengan 6 congresistas y voto postal

La bancada de Renovación Popular, a iniciativa del legislador Jorge Zeballos Aponte, presentó dos proyectos de ley que proponen aumentar de 2 a 6 el número de congresistas del distrito electoral de peruanos en el exterior, así como habilitarles la posibilidad del voto postal.

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La bancada de Renovación Popular, a iniciativa del legislador Jorge Zeballos Aponte, presentó dos proyectos de ley que proponen aumentar de 2 a 6 el número de congresistas del distrito electoral de peruanos en el exterior, así como habilitarles la posibilidad del voto postal.
La primera iniciativa legislativa, la 1662/2021-CR, plantea modificar el artículo 21° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones y elevar a seis los escaños que actualmente tiene dicha circunscripción.
Según la propuesta, los seis escaños se dividirán en: 2 representantes por Estados Unidos y Canadá; 2 por Europa, Asia y África; y 2 por los países de América Latina.
En la exposición de motivos se señala que los peruanos en el exterior solo tienen dos curules para más de 3 millones 200 mil ciudadanos y casi un millón de electores, lo que en la práctica significa que se estaría vulnerando el principio de proporcionalidad.
Asimismo, se precisa que la medida no implica incrementar el número de parlamentarios, pues Lima tiene 1 parlamentario por cada 222 mil electores, mientras que los peruanos en el exterior tienen 1 parlamentario por casi 500 mil electores.
En tanto, el otro proyecto de ley, el 1663/2021-CR, propone modificar los artículos 224°, 225°, 233°, 2380 y 239° de la Ley Orgánica de Elecciones, a fin de que los peruanos en el exterior “excepcionalmente, puedan hacer uso del voto postal anticipado”.
Esta modalidad consiste en la emisión del voto por el ciudadano en una cédula que previamente solicita y, luego de ejercer su derecho devuelve, por la vía postal o de correos, al consulado en que se encuentra inscrito, dentro de los términos establecidos en el reglamento correspondiente.
Según la iniciativa, el voto postal sólo es aplicable en elecciones generales y referéndum. El proceso constaría de 4 etapas y culmina cuando los sobres electorales son entregados al consultado de turno o a quien haga sus veces en el plazo de tres días antes del día del proceso electoral.
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