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Elecciones 2021: ¿Qué restricciones regirán por la segunda vuelta desde este lunes 31 de mayo?

A partir del lunes 31 de mayo empezarán a regir las restricciones que prevé la legislación electoral a fin de asegurar el correcto desarrollo de la segunda vuelta de las Elecciones Generales de Perú de 2021 del próximo 6 de junio, recordó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

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Fecha Actualización
A partir del lunes 31 de mayo empezarán a regir las restricciones que prevé la legislación electoral a fin de asegurar el correcto desarrollo de la segunda vuelta de las Elecciones Generales de Perú de 2021 del próximo 6 de junio, recordó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Así, desde las 00:00 horas del lunes está prohibida la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, tal como lo precisa el artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
El incumplimiento de esta disposición se sanciona con una multa de entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir entre 44 mil y 440 mil soles.
En tanto, desde las 00:00 horas del viernes 4 de junio ya no se podrán realizar reuniones o manifestaciones de carácter político. Su transgresión, conforme al artículo 388 de la LOE, se sanciona con cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años.
Asimismo, todo tipo de propaganda política quedará suspendida desde las 00:00 horas del sábado 5 de junio. En esta restricción se incluye la intervención de los candidatos en los medios de comunicación (entrevistas, conferencias, debates, etc.).
Su incumplimiento acarreará una multa de entre 30 (132 mil soles) y 100 UIT (440 mil soles) o una pena de prisión no menor de dos años.
Ley seca
La LOE también establece la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas entre las 08:00 horas del sábado 5 y las 08:00 horas del lunes 7. El incumplimiento de esta disposición se sanciona con cárcel no mayor de seis meses, multa no menor de 2.790 soles y pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo que el de la condena, que puede consistir en incapacitar al condenado para ejercer la función o labor que ejercía.
Igualmente, el domingo 6 de junio, día de la segunda elección presidencial, entre las 07:00 y 19:00 horas no están permitidas las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de sufragio.
Cabe indicar que los fiscalizadores del JNE realizarán operativos en diversas regiones del país con el fin de hacer cumplir la normativa electoral y garantizar que la votación transcurra con normalidad.
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