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[ENTREVISTA] Luis Lamas Puccio sobre Alberto Otárola: “Podría haber un tráfico de influencias”

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Fecha Actualización
El abogado penalista Luis Lamas Puccio analiza el panorama legal del primer ministro, Alberto Otárola, tras la difusión de un audio que lo hace tambalear en el cargo.
¿Este caso tiene connotación penal?
Para analizar el aspecto legal hay que tomar en consideración el aspecto político. Tratándose del premier, para entrar a la etapa judicial, habiéndose dado estos hechos durante el ejercicio de su función pública, hay que recurrir al antejuicio. Si entramos al ámbito judicial, entre la investigación preliminar, la preparatoria y lo que decida el Congreso, estamos hablando de un plazo mínimo de un año.
¿Qué delitos configuraría este caso?
De lo que se escucha de los audios, habría un tipo de promesa a raíz de una injerencia de carácter funcional para que una persona sea seleccionada sin haberse cumplido con los trámites administrativos establecidos. Si hubo algún tipo de presión, podría ser un delito de tráfico de influencias, sin perjuicio de que podrían surgir otros elementos como brindar información falsa, con lo cual ya estamos hablando de un delito contra la fe pública.
No quedó en promesas porque Yazire Pinedo sí obtuvo contratos por hasta 53 mil soles.
La Fiscalía debe haber abierto una indagación para preguntarle al señor Otárola por qué intercedía en esos términos y si estas promesas se materializaron. Habrá que recurrir al procedimiento administrativo para ver qué tipo de contratación fue y quiénes son los funcionarios que participaron. En lo que respecta al ofrecimiento de un cargo, la legislación penal sanciona en igualdad de condiciones la tentativa. Si una persona como el premier hace una promesa de esta naturaleza es porque está consciente de que estaría violentando las normas. La vida privada incumbe a cada uno, siempre que no se trate de un funcionario.
¿La forma como se obtuvo el audio que protagonizaría Otárola, decidirá si es posible incriminarlo o no?
En principio, todo mundo tiene derecho a la privacidad de las comunicaciones. Pero ya hay algunos precedentes en ese sentido y lo que imperó fue el interés colectivo de la sociedad, con la gran diferencia que se trata aquí de un premier en ejercicio de sus funciones. Entiendo que en ese devenir de lo que implica un juicio penal, en el caso de que se agotara la investigación preliminar, preparatoria y si se formaliza la acusación, lo primero que van a decir es que se violentó el derecho a la privacidad y utilizarán todos los resquicios judiciales y legales posibles, inclusive llegando al Tribunal Constitucional, para tratar de bloquearlo.
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