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[ENTREVISTA] Samuel Abad: “En la sentencia de Falconí, el TC ratifica lo que hemos dicho”

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El lunes, la Comisión Permanente del Congreso aprobó el informe de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales que recomienda inhabilitar por 10 años a los miembros del pleno de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por una supuesta infracción a la Constitución al permitir que la magistrada Inés Tello de Ñecco se mantenga en el cargo luego de cumplir 75 años, que es la edad máxima para desempeñar ese encargo.
La decisión deberá ser revisada en última instancia por todos los congresistas en su conjunto en una sesión que será programada para la próxima semana. A días de la hora clave para resolver este caso, Samuel Abad, abogado defensor de los miembros de la JNJ, halló un elemento más para la defensa: la sentencia del Tribunal Constitucional que ordena la juramentación de Marco Falconí.
¿Qué tan grave sería inhabilitar a los miembros de la JNJ?
Esto no solo es grave, sino que es arbitrario y desconoce la autonomía e independencia de los órganos constitucionales autónomos. Para ponerlo muy simple, es como si una resolución del Tribunal Constitucional (TC) no le agradara al Congreso y por eso destituye a todo el TC. Es inadmisible en un Estado democrático y esto lo está permitiendo la Comisión Permanente bajo argumentos que no tienen ninguna validez jurídica.
¿Cuáles son las intenciones del Congreso?
No me corresponde evaluarlo, pero la inhabilitación significaría que la JNJ no tendría quorum, porque tres miembros suplentes superan los 75 años. Entonces esto afectaría la ratificación o designación del nuevo jefe de Reniec, de ONPE. Y en el caso de los procedimientos disciplinarios a jueces o fiscales, estos no podrían continuar. Esto es muy grave, afecta al sistema electoral, al sistema de justicia.
¿Afecta en algo la resolución del TC que ordena a Falconí sumarse a la JNJ?
No, pero con la inhabilitación tendría que haber un nuevo proceso de selección. Se paralizan todos los procesos y los nuevos titulares se elegirían a partir de enero del próximo año. Es decir, de marzo a enero no tendríamos JNJ. Sí resulta importante la sentencia del TC, y esto debería tomarlo en cuenta el Congreso, que en el fundamento 59 sobre el caso Falconí dice que durante el concurso público de nombramiento de los miembros de la Junta se entendió que la elección correspondía al periodo 2020-2025. Es decir, el TC ratifica lo que siempre hemos dicho.
¿Qué espera de la sesión del Pleno?
Yo creo que una sesión debe ser presencial por la gravedad que implica esta decisión que, de prosperar, genera un claro quiebre institucional.
¿Van a acudir los miembros de la JNJ?
Se evaluará y se determinará en su momento.
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