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Odebrecht: PJ revoca prohibición para venta de activos del proyecto Olmos
Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró infundada medida de inhibición presentada inicialmente por Procuraduría Ad Hoc, cuando era dirigida por Katherine Ampuero.
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Así, el colegiado declaró infundada la medida de inhibición presentada por la entonces procuradora Katherine Ampuero, como parte de la investigación al prófugo ex presidente Alejandro Toledo por el presunto delito de lavado de activos.
Según precisó este lunes el Poder Judicial, la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional considera que, en este caso concreto, la medida de inhibición no es la más apta para alcanzar el pago de la reparación civil.
Además, advierte que, de mantenerse la prohibición, se desacelerarían las inversiones en el país, con la probabilidad de truncar los beneficios sociales del proyecto, así como la ruptura de la cadena de pagos.
Señala que el fallo en primera instancia soslayó las consecuencias colaterales negativas de orden económico y social para el país, además de colisionar con el artículo 58 de la Constitución.
Durante la audiencia, realizada en agosto pasado, las partes coincidieron en que la decisión en primera instancia perjudica el pago de la reparación civil a favor del Estado por parte de Odebrecht.
La prohibición había sido dispuesta en julio pasado por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria y fue cuestionada por la defensa legal de Odebrecht, así como por la Fiscalía y la Procuraduría Ad Hoc, a cargo de Jorge Ramírez.
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