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Pedro Castillo observa ley que protege Carta Magna
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En el día límite para promulgar la autógrafa que modifica la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano, el Ejecutivo decidió observarla. La propuesta fue aprobada por el Pleno del Congreso el pasado 16 de diciembre, y establecía que toda reforma constitucional debería pasar primero por el Legislativo, poniendo un freno y regulaciones claras al ilegal referéndum que era impulsado por Perú Libre a fin de convocar una Asamblea Constituyente para elaborar una nueva Constitución.
Al parecer, Pedro Castillo olvidó sus propias palabras. Como fue público, el 28 de julio de 2021 durante su discurso presidencial, se refirió al cambio de la Constitución. “Se hará siempre en el marco de la ley y con los instrumentos legales que la propia Constitución vigente proporciona (...). Vamos a conciliar posiciones con el Congreso, pues será ahí, en la casa de las leyes, donde se tendrán que aprobar las normas correspondientes”, expresó Castillo en esa fecha.
Sin embargo, ayer, a través de un oficio enviado a la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva (AP), el presidente Pedro Castillo señaló que la propuesta “limita los derechos de participación ciudadana” y “restringe arbitrariamente el derecho al referéndum previsto en la Constitución”.
El jefe de Estado consideró que la autógrafa “contraviene” las competencias del Congreso dispuestas en la Carta Magna, así como “vulnera” el balance de poderes.
Al respecto, la presidenta de la Comisión de Constitución y Reglamento que impulsó la iniciativa, Patricia Juárez (FP), precisó que las modificaciones aprobadas en el Pleno solo “refuerzan” lo ya establecido en el artículo 206 de la Constitución, el cual determina la participación del Congreso en reformas constitucionales.
JNE DEFIENDE SU FUERO
También se pronunció sobre el caso el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que, a través de un acuerdo plenario, ratificó la constitucionalidad del proyecto de ley 644-2021 aprobado por el Congreso, para que toda reforma constitucional deba pasar primero por el Parlamento.
Sin embargo, advirtió que la convocatoria a todo referéndum, incluyendo el de reforma constitucional, debe seguir siendo potestad del organismo electoral ya que posee la capacidad técnica especializada.
Para el experto en derecho electoral José Tello, si bien el JNE respalda una parte de la autógrafa del Congreso, discrepa de la modificación del artículo 44 a través del cual el Legislativo faculta al presidente para convocar a referéndum.
“El JNE es categórico en decir que el presidente no puede convocar a referéndum porque no conoce la dinámica de un proceso electoral, situación que sí conoce el Jurado y sustenta esa postura en que un proceso de referéndum no es calendarizado. Lo que está haciendo en sí es defender su fuero”, sostuvo a Perú21.
TENGA EN CUENTA
El proyecto de ley 644-2021 fue aprobado en diciembre de 2021 con 76 votos a favor.El artículo 206 de la ley 26300 señala que toda reforma constitucional debe pasar por el Poder Legislativo.En diálogo con este diario, la secretaria de la Comisión Constitución, Adriana Tudela, dijo que buscarían aprobar la norma por insistencia.“El JNE ha tenido un pronunciamiento tardío sobre la convocatoria del referéndum”, sostuvo el abogado José Tello.
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