La congresista Martha Moyano ha presentado el proyecto del nuevo reglamento del Congreso bicameral, el cual iniciará funciones en julio de 2026.
Ministro de Energía y Minas denunció que existe una confederación de mineros que "no quiere" formalizarse, sino solo exigir la prórroga del Reinfo.
Lo que ha llamado la atención del documento es que establece la posibilidad de suspender del cargo al presidente de la República con menos votos que para vacarlo. Para declarar la vacancia, el reglamento indica que se requiere el voto favorable de 2/3 de miembros de la Cámara de Diputados y del Senado.
El artículo 84 del proyecto de reglamento señala que el presidente de la República incurre en "incapacidad temporal" si cuenta con "denuncias sobre ilícitos graves de índole penal que ameritan una investigación preparatoria, luego de haber concluido la etapa de investigación preliminar en el Ministerio Público".
"Tiene como fundamento denuncias que recaen en quien ejerce la presidencia de la República por su supuesta participación en delitos cometidos contra la administración pública o el patrimonio del Estado, tráfico ilícito de drogas, terrorismo y los delitos cometidos por organizaciones criminales, y que ameritan la inmediata realización de una investigación preparatoria para esclarecer los indicios reveladores de la existencia de uno o más delitos aparecidos en una previa investigación preliminar realizada por el Ministerio Público", estipula el proyecto.
Actualmente, en el reglamento del Congreso solo se encuentra regulada la vacancia presidencial, la cual requiere de 2/3 de los votos favorables de los 130 congresistas para ser aprobada.
El proyecto de reglamento presentado en la Comisión de Constitución establece que para suspender al presidente de la República solo se requiere 3/5 de los votos en la Cámara de Diputados y el Senado. Es decir, 78 votos en la Cámara Baja y 36 en la Alta.
Otra situación peculiar es que la suspensión del presidente de la República podrá ser de hasta 24 meses. En caso de aprobarse una suspensión por este periodo, el eventual mandatario no estaría en el cargo durante el 40% de su periodo de 5 años.
La iniciativa, junto a los proyectos de reglamento del Senado y la Cámara de Diputados, aún requieren ser debatidos y votados por la Comisión de Constitución.
"Sacada de vuelta a la vacancia"
El constitucionalista Alejandro Rospigliosi consideró que la nuevo reglamento es "una sacada de vuelta la vacancia" debido a que las bancadas con votos suficientes pueden suspender al presidente, pero no vacarlo.
"Es una sacada vuelta a la vacancia. El 29 de julio de 2026 las bancadas estaban buscando cualquier supuesto para suspenderlo", dijo a Perú21.
Asimismo, señaló que el plazo de suspensión de dos años es muy corto ante la demora de los procesos en el Perú: "Hasta el día de hoy no hay sentencia penal firme contra Humala, Kuczynski, Vizcarra, Castillo. Eso demuestra que la justicia penal es lenta y el plazo es insuficiente".
El letrado consideró que los legisladores deberían revisar el diario de debates del Congreso Constituyente Democrático que redactó la Constitución "para ver cuáles son las causales para suspender a un presidente. Eran para temas de salud, no para lo que plantea este borrador".
Por último, el constitucionalista advirtió que aprobar el reglamento podrá generar más crisis debido a que el abogado del presidente suspendido podría presentar una demanda de amparo o una demanda de inconstitucionalidad contra el propio reglamento: "Vas a generar zozobra, generar inestabilidad".
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