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¿Por qué motivos suspendieron la colegiatura a Pedro Chávarry?

El Consejo de Ética del CAL encontró presuntas faltas al Código de Ética por parte del Fiscal de la Nación.

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Fecha Actualización
El Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima (CAL) suspendió la colegiatura del fiscal de la Nación, Pedro Chávarry, por cuatro meses, según lo informó en un comunicado. 
Esta sanción se origina de una denuncia admitida en noviembre por este consejo, presidio por Walter Ayala, la cual fue presentada por un grupo de ciudadanos por la presunta violación del Código de Ética del Abogado, en su desempeño como fiscal.
El Consejo de Ética ha decidido por mayoría suspender la colegiatura de Chávarry debido a que encuentra presuntas faltas que vulneran los artículos 1, el numeral 3 del artículo 6, y los artículos 7, 8, 9 y 76 del Código de Ética del Abogado.
¿A qué se refieren estos artículos? El número 1 hace mención a que las disposiciones del código son obligatorias para todos los abogados inscritos en los Colegios de Abogados de la República.
El numeral 3 del artículo 6 señala que son deberes de los abogados "cumplir oportuna y eficientemente los demás deberes y obligaciones profesionales establecidas en la ley y en las normas del Colegio de Abogados al que pertenece".
El artículo 7 refiere que "el abogado debe obedecer la ley, no debe inducir a otros a que la infrinjan, ni aconsejar actos ilegales. Debe promover la confianza del público en que la justicia puede alcanzarse con el cumplimiento de las reglas del Estado de Derecho". Mientras que el artículo  8 indica que "el abogado debe inspirar con sus actuaciones la confianza y el respeto de la ciudadanía por la profesión de abogado. Debe abstenerse de toda conducta que pueda desprestigiar la profesión".
El penúltimo artículo del Código de Ética del Abogado al que habría faltado Chávarry es el número 9. Allí se indica que el jurista colegiado debe exponer con claridad los hechos, el derecho aplicable al caso, y las pretensiones de su cliente. No debe declarar con falsedad. El abogado no debe realizar citas
doctrinarias o jurisprudenciales inexistentes.
Finalmente, el artículo 76 señala que "el abogado debe esforzarse por ser un ejemplo de idoneidad ética para sus colegas, en especial para los
futuros profesionales del Derecho".
Como se recuerda, el fiscal de la Nación ha sido denunciado por presuntamente pertenecer a la organización criminal "Los Cuellos Blancos del Puerto", de la que el ex juez supremo César Hinostroza sería el cabecilla.