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Todo lo que debes saber sobre el kit de revocatoria

Las autoridades regionales y municipales se encuentran en la mira de los ciudadanos descontentos de sus gestiones. Al llegar a junio del segundo año de gestión de las autoridades elegidas en 2022, se habilita la opción de adquirir kit de revocatorias.

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Fecha Actualización
Las autoridades regionales y municipales se encuentran en la mira de los ciudadanos descontentos de sus gestiones. Al llegar a junio del segundo año de gestión de las autoridades elegidas en 2022, se habilita la opción de adquirir kit de revocatorias.
Esta posibilidad no ha sido desaprovechada y se ha adquirido un kit electoral de revocatoria contra el alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, y los 39 regidores que conforman el Consejo Lima.
Sin embargo, no solo los alcaldes provinciales pueden ser revocados, sino también distritales y los regidores.
¿Qué es el kit de revocatoria?
El kit de revocatoria es el conjunto de documentos que se adquieren ante la ONPE con el fin de reunir firmas de ciudadanos para revocar al gobernador, alcalde y regidores. Esta posibilidad se encuentra contemplada por la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos.

¿Cómo adquirir el kit de revocatoria?
Para adquirir el kit de revocatoria primero se debe completar el formulario Formulario P5 - B de la ONPE. En este documento se debe señalar con precisión a qué autoridad se busca revocar y cuál es el motivo de la revocatoria. “Indicar los fundamentos del motivo de la revocatoria, los mismos que no podrán ser ni delitos, ni causales de vacancia, ni causales de suspensión”, indica esa sección.

¿Cuánto cuesta?
Se deberá adjuntar también el comprobante de pago por derecho de tramitación. Este puede ser cancelado de forma virtual a través de la plataforma págalo.pe o de manera física en el Banco de la Nación y en la caja de la Sede Central de la ONPE. Para ello se debe indicar el código 03830.
Este trámite tiene un costo de S/ 85.70 el cual se puede cancelar de manera virtual en PÁGALO.PE, presencial en el Banco de la Nación o en la caja de la Sede Central de la ONPE.
Una vez presentados los documentos, la ONPE cuenta de un plazo de 9 días para resolver la solicitud.

¿Cómo es el proceso?
Los promotores deberán llenar planillones con al menos el 25% del total de electores, dependiendo de la circunscripción departamental, provincial y distrital. Una vez completados, los planillones deberán ser presentados ante Reniec para que se validen los datos de los adherentes.
Una vez validados los datos, el Reniec emite actas correspondientes y las remite a la ONPE. Tras ello, el promotor deberá presentar la solicitud de revocatoria ante el organismo electoral. Esta solicitud se resolverá en un plazo no mayor a treinta días.

¿Cuándo se convoca a consulta popular?
Una vez la solicitud sea resuelta por la ONPE, se convoca a consulta popular para el segundo domingo de junio del tercer año del periodo. En el caso de las actuales autoridades, la consulta popular se realizaría el 8 de junio de 2025.
Las cédulas de votación solo contarán con dos opciones ’SÍ' y ‘NO’.
Para que se revoque a la autoridad en cuestión, se deben cumplir dos requisitos.
Que haya asistido a votar por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de los electores hábiles que figuran en el Padrón Electoral.Que la mitad más uno (50%+1) o más, de los votos válidos emitidos, estén a favor de revocar a la autoridad.

¿Se convocan a nuevas elecciones?
En caso de que la autoridad sea revocada, no se convocarán a nuevas elecciones.

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