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Venta de bienes adquiridos en forma ilícita no exime de pago de reparación civil
El procurador anticorrupción Julio Arbizu precisó que el dinero que se obtenga con la subasta pública de esas propiedades irá directamente al Estado.
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El procurador anticorrupción, Julio Arbizu, aclaró que la venta de bienes decomisados a procesados por delitos de corrupción, tras comprobarse que los adquirieron con dinero ilícito, no los exime de pagar la reparación civil que deben al Estado.
El dinero que se obtenga con la subasta pública de esas propiedades irá directamente al Estado y no se contabilizará como parte del pago de la reparación civil a la que están obligados, precisó.
El funcionario explicó que el Poder Judicial ordena el decomiso de bienes cuando se demuestra que fueron adquiridos con recursos obtenidos en forma ilícita, a diferencia de los inmuebles incautados para el pago de reparaciones civiles que son de procedencia legal.
"Con los embargos se busca que los sentenciados respondan con su patrimonio que es lícito el pago de la reparación civil, son dos figuras distintas", comentó.
Arbizu hizo esta aclaración tras el anuncio de que en febrero se pondrá a la venta tres propiedades decomisadas al exjefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas Nicolás de Bari Hermoza Ríos por haberlas comprado en forma indebida.
Explicó que tampoco se puede descontar del pago de las reparaciones civiles los bienes incautados producto de la ley de perdida de dominio, como sucede con la propiedad en Surco de Jacqueline Beltrán, la expareja sentimental de Vladimiro Montesinos.
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